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Corte de Apelaciones ordena a Essal a monitorear y garantizar calidad en el servicio de agua

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal acogió un recurso de protección presentado por organizaciones sociales y medioambientales contra de Essal.

Agencia Uno

© Agencia Uno

Martes 17 de septiembre de 2019

La Corte de Apelaciones de Valdivia instruyó a la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A. (Essal) adoptar acciones de seguimiento, vigilancia y monitoreo de sus instalaciones en Osorno, tras constatar que la calidad de su servicio representa una amenaza a la salud de la población.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal acogió un recurso de protección presentado por organizaciones sociales y medioambientales contra de Essal, y la ordena a garantizar suministro y calidad del agua potable, luego de la crisis que dejó a los habitantes sin servicio de agua potable por 10 días.

En el fallo se establece que Essal "tiene la obligación legal de mantener de forma permanente el servicio de agua potable, así como la calidad del mismo. Ello lo obliga a mantener todas las medidas de seguridad a efecto de evitar tanto la suspensión como la variación de calidad bajo los estándares técnicos", lo que en este caso "no se cumplió, pues el servicio se suspendió intempestivamente por 10 días continuos".

Además, "las muestras tomadas entre el 25 de julio al 23 de agosto, esto es, después de los hechos que motivan este recurso, la turbiedad del agua potable sobrepasa los niveles establecidos en la norma (...) convirtiéndose tal situación en una amenaza evidente a la salud de la población consumidora de agua potable de la ciudad de Osorno".

"Así las cosas –continúa–, la conducta de la recurrida alejada de las normas legales que le imponen obligaciones no cumplidas cabalmente y la actual situación del suministro de agua potable, constituyen una amenaza a la garantía constitucional establecida en el n°1 del artículo 19 de la Constitución, por lo que se acogerá la acción deducida".

La ministra María Soledad Piñeiro aseguró que los altos grados de turbiedad en el agua sobrepasan los márgenes establecidos por la ley, según consignó a Radio Bío Bío.

La situación significa una amenaza al derecho a la vida de las personas, por lo que justifica la acción legal, explicó Piñeiro.

Por último, Essal tendrá que informar el tipo de medidas que implementará para asegurar el suministro de agua potable, para lo cual tiene un plazo de cinco días.