Un tratamiento de implantes dentales iniciado en 2013 terminó con una condena de $12.688.712 contra Clínica Dental Cumbre Sur S.A., luego de que la justicia estableciera un incumplimiento contractual.
El caso involucró implantes en las piezas dentales 12 y 13. El Primer Juzgado Civil de Concepción determinó que estos no fueron adecuadamente planificados debido al espacio disponible, lo que también generó consecuencias en la pieza 11.
El implante de la pieza 12 requirió nuevas intervenciones y la paciente posteriormente continuó su tratamiento en otra clínica, donde se realizaron procedimientos para retirar los implantes y reconstruir la zona afectada.
Paciente siendo atendida en una clínica dental
La justicia acreditó los perjuicios
Para establecer el incumplimiento, el tribunal consideró una pericia odontológica que concluyó que el actuar de la demandada no se ajustó a la lex artis, es decir, a los estándares profesionales aplicables al tratamiento.
La sentencia acreditó además perjuicios físicos y psíquicos. Por ello, fijó $2.688.712 por daño emergente y $10 millones por daño moral.
El fallo también rechazó la excepción de prescripción planteada por la clínica y determinó que existía una relación de causalidad entre el incumplimiento y los perjuicios acreditados.
La Suprema dejó firme la condena
La clínica recurrió ante la Corte de Apelaciones de Concepción y posteriormente presentó un recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, cuestionando, entre otros aspectos, la prescripción de la acción.
El máximo tribunal rechazó el recurso el 24 de julio de 2026, al considerar que la presentación no desarrolló las infracciones respecto de normas que eran decisivas para resolver el conflicto.