Un exsargento segundo de Carabineros fue dado de baja luego de obtener el número telefónico de una adolescente de 17 años durante un procedimiento policial y posteriormente contactarla por WhatsApp con mensajes de carácter personal.
La medida fue cuestionada por el funcionario ante la Corte de Apelaciones de Rancagua, que rechazó su recurso de protección. La baja inmediata se mantiene mientras continúa el procedimiento administrativo destinado a determinar su responsabilidad y la sanción definitiva.
Los mensajes a la adolescente
Los hechos ocurrieron el 26 de septiembre de 2025, cuando el entonces funcionario participó en un procedimiento por una agresión entre estudiantes en la 1ª Comisaría de San Fernando.
Según los antecedentes considerados por Carabineros y recogidos en el fallo, el exsargento obtuvo el número de la adolescente luego de que fuera detenida y posteriormente comenzó a comunicarse con ella de manera personal.
Entre los mensajes incorporados a la investigación aparecen expresiones como "eres muy linda", "me quedé pensando en ti" y "permiso para soñarte". También le habría solicitado una fotografía y propuesto salir a tomar un helado y conversar.
El funcionario reconoció ante Asuntos Internos que había mantenido la conversación y que los mensajes habían sido enviados desde su teléfono.
Imagen referencial de un carabinero - Agencia Uno
¿Por qué fue dado de baja?
Tras conocer los antecedentes, Carabineros dispuso el 3 de noviembre de 2025 su baja por conducta mala, con efecto inmediato a partir del día siguiente.
La institución consideró que el funcionario había utilizado su posición de autoridad y el contacto generado durante el procedimiento para fines personales, comprometiendo la probidad y el prestigio institucional.
El exsargento recurrió a la justicia y sostuvo que se le había aplicado la medida más grave antes de que terminara el sumario administrativo. También cuestionó que inicialmente no pudiera acceder a todos los antecedentes de la investigación.
La Corte de Apelaciones de Rancagua descartó esos argumentos y señaló que la normativa de Carabineros permite disponer el alejamiento inmediato cuando la conducta reviste una gravedad que compromete la disciplina, la moral o el prestigio institucional y existen antecedentes que hacen evidente la responsabilidad del funcionario.
El tribunal precisó que esta medida no determina de manera definitiva su responsabilidad administrativa, ya que el sumario continúa y deberá establecer posteriormente la sanción que corresponda.
La Corte también consideró que la resolución de Carabineros expuso los antecedentes que sustentaron la decisión y concluyó que no se acreditó una actuación ilegal o arbitraria.
Por estos motivos, rechazó el recurso de protección, sin costas.