Un padre solicitó a la justicia reducir la pensión de alimentos que paga por su hija de 9 años, argumentando que su situación económica había cambiado desde que el monto fue fijado en 2019.
El hombre pidió que el aporte mensual, que actualmente supera los $350 mil, quedara en $180 mil. Entre los antecedentes que presentó estuvieron sus nuevas obligaciones familiares, deudas y el cambio en sus ingresos.
El Juzgado de Familia de Temuco, sin embargo, terminó rechazando su solicitud en una sentencia dictada el 1 de agosto de 2026.
El cambio de trabajo que fue clave en el caso
Cuando se fijó la pensión, el padre trabajaba como profesor. Posteriormente, se desempeñó como encargado de deportes en la Municipalidad de Tirúa, donde, según declaró, recibía cerca de $1,19 millones líquidos mensuales.
En diciembre de 2025 presentó su renuncia. Explicó que lo hizo luego de recibir una propuesta laboral en el norte del país que finalmente no se concretó, debido a un cambio en las condiciones.
Después comenzó a trabajar de manera independiente en la pesca artesanal, actividad con la que declaró ingresos variables que promediaban unos $700 mil mensuales.
Persona realizando labores de pesca artesanal
Quería reducir el aporte a $180 mil
La pensión había sido fijada originalmente en $250 mil mensuales y posteriormente reajustada. Al momento de presentar la demanda, equivalía a 5,17787 UTM, es decir, poco más de $350 mil.
El padre sostuvo que sus ingresos habían disminuido y también planteó que en 2024 nació su segunda hija. A esto sumó distintas obligaciones financieras y deudas bancarias.
La madre se opuso a la solicitud y sostuvo que las necesidades de la niña habían aumentado desde que se estableció la pensión.
Un informe social presentado durante el juicio estimó en aproximadamente $1,14 millones mensuales los gastos asociados a la menor.
Tribunal rechazó la solicitud
El tribunal estableció que efectivamente habían cambiado algunas circunstancias desde 2019, entre ellas el nacimiento de la segunda hija del demandante y su situación laboral.
Sin embargo, consideró que la disminución de sus ingresos estaba vinculada a una decisión voluntaria.
"La disminución de los ingresos principales del alimentante obedece a una decisión de carácter estrictamente voluntario", señaló el fallo.
El Juzgado de Familia de Temuco sostuvo que esa merma económica no podía operar en perjuicio del derecho de alimentos de su hija y recordó que el nacimiento de una nueva carga familiar no implica, por sí solo, una rebaja automática de la pensión.
Finalmente, rechazó la demanda y condenó al padre al pago de las costas.