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¿Qué está abierto o cerrado para fiestas patrias?

La duda siempre surge y en 24 Horas Te Sirve tenemos todos los datos que debes saber. El 17, ¿a qué hora cierra el comercio?.

Carmen Aguilar

Martes 15 de septiembre de 2015

La Ley N° 19.973 que regula los feriados irrenunciables como este 18 y 19 de septiembre, establece también que el descanso para los trabajadores dependientes de comercios comenzará a más tardar a las 21 horas del jueves 17.

Sin embargo, es útil conocer el horario de cierre real para organizar las compras del asado, pues la mayoría de las cadenas bajará sus cortinas un par de horas antes del límite legal establecido.

En cuanto a los mall, la mayoría cerrará entre las 20 y 20.30 horas, antes de su horario habitual.

¿QUÉ ESTARÁ ABIERTO EL 18 Y 19?

Pero no todos los locales colgarán el cartel de “Cerrado por Fiestas Patrias”. Clubes, pubs, cines y restaurantes, así como los locales atendidos por sus propietarios podrán abrir sus puertas al público.

La normativa solo afecta a los comercios que tienen trabajadores dependientes. De esta manera, no estarán operativos los Supermercados de las grandes cadenas citados anteriormente, pero sí:

-Clubes

-Restaurantes

-Cines

-Establecimientos con espectáculos en vivo.

-Discotecas, pubs y cabarets

-Casinos de juegos y otros lugares de juego legalmente autorizados

-Lugares de expendio de combustibles (sí a sus comercios)

-Farmacias de urgencia

-Farmacias con turnos fijados por la autoridad sanitaria

-Locales comerciales atendidos por sus propios dueños

En las páginas webs de los principales mall ya han detallado qué servicios estarán funcionando los días 18 y 19; principalmente los restaurantes y los relacionados a entretenimiento.

SANCIONES

Si los empleadores no respetan el descanso de los feriados irrenunciables que establece la Ley, corren el riesgo de ser sancionados. La multa dependerá del número de trabajadores a cargo.

- De uno a 49: multa de 5 UTM (211.520 pesos) por cada dependiente afectado.

- De 50 a 199: multa de 10 UTM (423.040) por cada trabajador afectado.

- 200 o más: multa de 20 UTM (846.080 pesos) por cada trabajador afectado.

En el caso del comercio que infrinjan el límite del cierre el 17 de septiembre deberán pagar:

- 10 UTM (423.040 pesos) si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores

- 40 UTM (1.692.160 pesos) si la empresa tiene entre 50 y 199

- 60 UTM (2.538.240 pesos) si la empresa tiene 200 y más trabajadores.