Septiembre es el mes donde se ven más banderas chilenas en el país, pero muy pocos saben que este 18 y 19 es obligatorio, por ley, izar el pabellón patrio y de no hacerlo se arriesgan multas que no son nada baratas.
Según indica la legislación vigente, los habitantes de una vivienda que no esté embanderada deben pagar hasta tres Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que son aproximadamente 112.000 pesos.
Pero poner el emblema nacional no es tan fácil como se cree. También hay multas en caso de que no esté correctamente instalado, es decir, en el tope de un mástil blanco que sea proporcional al tamaño del lienzo.
En caso que no se pueda izar la bandera, esta debe colocarse en balcones o fachadas ya sea vertical u horizontal, pero cuidando de que el cuadro azul que contiene la estrella quede en la parte superior y a la izquierda de quien la mira.