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Bono Post Laboral: cómo postular al dinero que se entrega de por vida

El beneficio se entrega por toda la vida y no es imponible ni constituye indemnización o renta.

24Horas.cl Tvn

Domingo 27 de junio de 2021

Los trabajadores del país tienen a disposición el Bono Post Laboral, beneficio mensual para trabajadores del sector público que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones.

Según informa la Superintendencia de Pensiones, el bono se entrega por toda la vida y no es imponible, ni constituye indemnización o renta.

 

¿Quiénes tienen derecho?

Funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF

 

Requisitos

  • Estar afiliado al Sistema de AFP.
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de ellas al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener al menos una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez

 

Cuánto dinero entrega

Para el 2021 el monto a entregar será de $75.154

¿Cómo acceder?

Se debe solicitar el beneficio dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión.

La solicitud debe hacerse ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones. A la Superintendencia de Pensiones le corresponderá calcular la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador del funcionario.