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Conoce cómo solicitar el Bono Bodas de Oro y cuánto dinero entrega

Desde este 1 de octubre, la ayuda que ya han recibido casi 200.000 personas en todo el país será reajustada. Aquí te contamos quiénes pueden solicitarla y cómo realizar el trámite.

24Horas.cl TVN

Domingo 2 de octubre de 2016

El Instituto de Previsión Social reajustó el Bono Bodas de Oro, para las parejas que llevan 50 años casadas; una ayuda que ya han recibido casi 200.000 personas en todo el país.

Desde este 1 de octubre, el monto asciende a 307.516 pesos, repartidos en partes iguales; es decir, 153.758 pesos para cada cónyuge.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITARLO?

Cónyuges que:

- No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).

- Se encuentren en el Registro Social de Hogares y pertenezcan al 80% más vulnerable del país.

- Conviven en el mismo hogar o acreditan residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.

- Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Personas viudas que:

- Habiendo cumplido 50 años de matrimonio a partir del 1 de enero de 2010, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono.

- Habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida formará parte de su herencia.

¿CÓMO SOLICITARLO?

Primero, tiene que llegar a los 50 años de casados. Cumplido ese medio siglo, tiene plazo de un año para realizar el trámite.

La solicitud se hace ante el Instituto de Previsión Social y tienen que llevar la cédula de identidad o un poder notarial, en caso de que el proceso lo tramite un apoderado.

La petición no tiene costo.

¿CÓMO SE COBRA?

Podrá retirar el monto del bono en un centro de pago en la fecha que le indique el ejecutivo (en el caso de depósito, también se le indicará una fecha).

Si el bono no es cobrado dentro de un plazo de seis meses, luego de haber sido emitido, se entenderá como una renuncia al beneficio.