Dada la grave crisis económica que se ha visto acentuada en el país producto de la pandemia, las deudas y gastos de muchos chilenos se han acrecentado durante el presente año.
Debido a ello, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dispuso una herramienta de ayuda para quienes efectúan aportaciones económicas estatales por sus viviendas. Se trata del beneficio de Postergacion del Pago de las Contribuciones en sus cuotas 3 y 4.
REQUISITOS
- Ser persona natural.
- Tener un bien raíz con destino habitacional.
- Que el avalúo fiscal de tu propiedad no exceda las 5.000 UF (143 millones, aproximadamente)
- Si el contribuyente tiene más de una propiedad, el beneficio aplicará a la propiedad de mayor valor (más cercano a las UF 5000).
QUÉ HACER PARA ACCEDER AL BENEFICIO
Si al 31 de diciembre no has pagado las cuotas del segundo semestre de 2020, estas se postergarán automáticamente para 2021. Si pagaste solo una cuota, se postergará la cuota que se encuentre pendiente.
CÓMO ACCEDER AL BENEFICIO
No tienes que realizar una solicitud. El beneficio se aplicará automáticamente a las cuotas 3 y 4 que figuren pendientes al 31 de diciembre.
CÓMO OPERA
- Cómo se dividen las cuotas postergadas: La o las cuotas del segundo semestre de 2020 impagas al 31 de diciembre, se dividirán en 4 cuotas iguales, sin intereses, solo reajustables de acuerdo al IPC, las que se pagarán de manera conjunta con las 4 cuotas normales de 2021. Los boletines de cobro respectivos, llegarán en conjunto con los boletines normales de contribuciones de ese año.
Cabe destacar además que no se aplicarán multas ni intereses al acceder a la postergación.
- Si postergaste en abril, el saldo por pagar en el segundo semestre también puede postergarse para 2021, si cumples los requisitos: En este caso, las cuotas pendientes correspondientes al saldo de abril, también se agregan a las cuotas postergadas y que se pagarán en 4 cuotas iguales, durante 2021.
Si postergaste abril, aún puedes acceder a la nueva postergación, si cumples los requisitos.
- Si tienes más de una propiedad: Si tengo más de una propiedad con destino habitacional, que cumplan con los requisitos, el beneficio aplicará a la propiedad de mayor valor (el más cercano a 5000 UF).
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