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Retiro de fondos para enfermos terminales: ¿Cuándo comienza a regir la ley y cómo se podrán cobrar?

Tras un acuerdo sobre la materia entre el Gobierno y los parlamentarios, el Congreso despachó a ley la iniciativa que fue aprobada por unanimidad. Los dineros quedarán a libre disposición de su dueño, por lo que no necesariamente deben ocuparlos en tratamientos o remedios.

Diego Leiva

Jueves 21 de enero de 2021

Tras lograr unanimidad en el Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados, el Congreso despachó a ley este jueves la normativa que permitirá que personas que padezcan una enfermedad terminal puedan retirar sus fondos de pensiones.

Se trata de una idea que nació desde el Legislativo en medio de la discusión del segundo retiro de fondos de pensiones, instancia en la cual fue declarado "inconstitucional". Sin embargo, el Ejecutivo recogió e impulsó la iniciativa de manera exprés desde el Ministerio del Trabajo.

Uno de los aspectos importantes a destacar es que serán dineros que quedarán a libre disposición de su dueño, por lo que no necesariamente deben ocuparlos en tratamientos o remedios.

 

PLAZOS Y ENTRADA EN VIGENCIA

- Legislación entrará en plena vigencia a partir del 1 de julio de este año.

- No obstante, a contar del primer día hábil del mes subsiguiente a la fecha de publicación de la esta ley, es decir en marzo, y hasta la entrada en vigencia de su articulado permanente, podrán acceder a los beneficios establecidos quienes estén haciendo uso de las Garantías Explícitas en Salud (GES), sólo por cuidados paliativos en cáncer avanzado junto a una serie de patologías detalladas en la norma. Esto, sin el requisito de que su enfermedad o condición sea certificada por los Consejos Médicos.

 

PROCEDIMIENTO Y MODALIDAD DE PAGO

La persona que requiera sus fondos y se encuentre en condición de enfermo terminal deberá seguir dos simples pasos:

- Realizar un trámite con su médico de cabecera para que le entregue un informe en donde se establezca que la persona sufre una enfermedad terminal.

- Acudir a la AFP correspondiente y solicitar este trámite luego de la presentación de un certificado emitido por el médico jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos o su similar. De esta manera, la Superintendencia de Pensiones establecerá un equipo médico el cual deberá revisar estos antecedentes en un plazo máximo de una semana (cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud).

En cuanto a la modalidad de pago, se puede solicitar en 12 cuotas de los fondos de pensiones o bajar el nivel de la cuota hasta una Pensión Básica Solidaria por 12 cuotas.

El excedente de lo que sobre se puede pedir en una sola cuota directa para que las personas que sufren una enfermedad terminal reciban estos fondos.

Cabe reiterar que se puede retirar el 100% de los fondos, exceptuando la cuota mortuoria y también un porcentaje que se deja para solventar algunos gastos administrativos.

REACCIONES POLÍTICAS DE IMPULSORES

Uno de los impulsores del proyecto fue el diputado socialista Marcos Ilabaca, lo que terminó siendo un acuerdo político entre el Gobierno y los parlamentarios.

El legislador destacó respecto a los plazos de la legislación que "si es que logramos publicar hoy la ley van a haber un catálogo de enfermedades que están incluidas en este proyecto de ley que ya el 1° de marzo podrían las personas que sufren y padecen estas enfermedades tan terribles, hacer uso efectivo de este proyecto de ley. Entonces es una gran noticia para los enfermos terminales de nuestro país (...) hoy hemos logrado generar una solución que a lo mejor no será la más perfecta de todas, pero sí va a ser un gran alivio para las familias que lo están pasando tan mal".

Otro de los que lideró el apoyo a la idea fue el diputado de Renovación Nacional, Jorge Durán: "Se pueden lograr cosas en beneficio de la gente dejando de lado las pequeñeces políticas de izquierda, de derecha y rivalidades en la cual todos trabajan juntos por una causa común. Este proyecto de ley viene a hacer justicia con aquellas personas que nunca se había reconocido la realidad que viven. Una realidad dramática, no sólo del enfermo sino que también afecta a toda la familia. Esto permitiría que las personas puedan retirar un saldo de libre disposición dejando dentro de los fondos de AFP dineros para una cuota mortuoria".

Por su parte, desde el Ejecutivo la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, comentó que con esto "se está consagrando el derecho de aquellas personas que están enfrentando una situación tan difícil como la de haber recibido la noticia de tener una enfermedad respecto de la cual no hay tratamiento y por lo tanto no van a poder curarse, pueden tener una forma distinta de poder disponer de los recursos que durante toda su vida activa acumularon pensando en una futura pensión".

En tanto, el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, sostuvo que "esta ley (...) va a beneficiar tanto a aquellos que son cotizantes activos como a aquellos que están pensionados bajo la modalidad de retiro programado y también a aquellos que tienen una pensión conforme a la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales".