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Este es el formulario que deberás rellenar con anterioridad si eres censista

Todas las personas que vivan en territorio nacional deben ser censadas el próximo 19 de abril. Pero si vives sólo y eres censista, debes rellenar previamente el formulario.

24Horas.cl TVN

Miércoles 5 de abril de 2017

El próximo 19 de abril se realizará en todo el país el Censo 2017, es decir, el conteo y caracterización de todas las viviendas y habitantes del territorio nacional.

Para lo anterior, los censistas están encargados de asistir a cada hogar, cárcel, hospital, terminal de buses, aeropuertos, entre otros lugares, para aplicar el formulario correspondiente, el que posee 21 preguntas de diferente índole.

Para que los ciudadanos se queden en casa ese día, el Gobierno decretó la fecha como feriado irrenunciable, así la gran mayoría de chilenos no trabajarán y pueden estar en sus hogares cuando el censista llegue. Sin embargo, serán los mismos censistas quienes no están en casa ¿Qué deben hacer?

QUÉ HACER SI ERES CENSISTA

1.- Completa con tus datos el Cuestionario Censal que se te entregó en la capacitación. También puedes descargarlo desde el sitio www.censo2017.cl

2.- Deja el cuestionario en un sobre cerrado con un vecino o conserje, para que él lo entregue cuando pase el Censista asignado a tu vivienda.

3.- Cuando el Censista asignado a tu sector reciba el Cuestionario, deberá traspasar la información a los formularios oficiales y pegar el sticker de Vivienda Censada en un lugar visible de tu vivienda.

QUIENES NO SEAN CENSISTAS

Si vives solo y debes trabajar el 19 de abril, tu vivienda será censada como vivienda particular con moradores ausentes. En ese caso, el censista asignado a tu sector dejará una citación en tu vivienda, para que seas posteriormente censado.

MULTAS A LAS QUE TE ARRIESGAS

Todas las personas que se alojen la noche anterior en la vivienda deben ser censadas, incluyendo bebés, niños y personas mayores. Y esta obligatoriedad está recogida en el artículo 20 de la Ley 17.374 del INE.

Matías del Río invita a participar en el Censo 2017 y enfatiza la importancia del recuento para las políticas públicas.

Matías del Río invita a participar en el Censo 2017 y enfatiza la importancia del recuento para las políticas públicas.

Artículo 20°- Todas las personas naturales o jurídicas chilenas y las residentes o transeúntes están obligadas a sumistrar los datos, antecedentes o informaciones de carácter estadístico que el Instituto Nacional de Estadísticas les solicite por intermedio de sus funcionarios, delegados o comisionados, de palabra o por escrito, acerca de hechos que por su naturaleza y finalidad tengan relación con la formación de estadísticas oficiales.

La norma establece también sanciones en el artículo 22. Quienes se nieguen a dar información o la falseen tendrán que pagar una suma no inferior a un quinto ni superior a cuatro veces un sueldo vital (entre 7.587 pesos y 151.740 pesos aproximadamente), según fuente del Ministerio de Economía. Pero ¡OJO!, porque la multa no eximirá de proveer la información.

Artículo 22- Las personas a que se refieren los artículos 20° y 21°, de esta ley, que se negaren a suministrar los datos estadísticos que les fueren solicitados, o que los falsearen, o alteraren, sufrirán una multa de una suma no inferior a 1/5 ni superior a cuatro sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago.

En caso de persistir la rebeldía, la multa podrá ser nuevamente impuesta, aumentándose hasta el doble del valor señalado en el inciso primero.

Fabricio Vasconcellos te invita a participar en el Censo 2017

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En el caso de los menores de edad, pueden contestar directamente, pero bajo supervisión de un mayor. En caso de que haya alguna situación que les impida responder, un adulto puede hacerlo en su nombre.

  • Censo 2017