El 2024 ya está aquí y cabe recordar que este 1 de enero es considerado feriado irrenunciable, motivo por el cual solo ciertos rubros podrán funcionar.
Este lunes no pueden abrir los comercios como malls o supermercados, y sólo pueden trabajar algunos rubros excepcionales como entretención o urgencias.
Además, la Dirección del Trabajo confirmó que si no se respeta el feriado irrenunciable, el empleador o empleadora será sancionado con una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada trabajadora o trabajador afectado.
- Microempresa (de 1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($321.080) por cada trabajador afectado.
- Pequeña empresa (de 10 a 49 trabajadores): 5 UTM ($321.080) por cada trabajador afectado.
- Mediana empresa (de 50 a 199 trabajadore): 10 UTM ($642.160) por cada trabajador afectado.
- Gran empresa (de 200 o más trabajadores: 20 UTM ($1.284.320) por cada trabajador afectado.
¿Qué rubros pueden funcionar este feriado irrenunciable?
- Clubes
- Restaurantes
- Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos
- Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados
- Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como "bencineras" o "bombas de bencina")
- Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.