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Gobierno desmiente renuncia de director de la PDI pero avisa: “La formalización es un punto de inflexión”

El subsecretario Monsalve abordó la situacion de Sergio Muñoz.

24horas.cl

Viernes 15 de marzo de 2024

El Gobierno a través del subsecretario de Interior, Manuel Monsalve, descartó que el director de la PDI, Sergio Muñoz, haya presentado su renuncia.

“Las renuncias el gobierno las informa por los conductos oficiales”, dijo Monsalve luego que un medio difundiera la información del líder de la policía uniformada.

El subsecretario dijo, no obstante, que la audiencia del martes 19 de marzo, momento en que Muñoz será formalizado por el caso Audios, marcará la definición del PDI en su cargo.

“Son los momentos de la formalización donde el Gobierno cuando hay puntos de inflexión para tomar decisiones”, enfatizó.

Sergio Muñoz: los delitos por los que será formalizado

La audiencia de formalización de Sergio Muñoz se llevará a cabo el próximo martes 19 de marzo a las 09:00 horas, por el delito de infracción al artículo 31 de la Ley 19.913 y por infracción artículo 246 del Código Penal.

Cabe recordar que Luis Hermosilla fue formalizado por los delitos de soborno y cohecho, luego de que un audio filtrado revelara una conversación junto a la abogada Leonarda Villalobos y al empresario Daniel Sauer hablando del pago de coimas a los funcionarios del SII y la CMF con la finalidad de obtener información privilegiada para el empresario, cuya compañía era investigada por ambas entidades. 

Por un lado, el artículo 31 de la Ley 19.913 indica que "la investigación de los delitos a que se refieren los artículos 27 y 28 de esta ley será siempre secreta para los terceros ajenos al procedimiento y también para los terceros afectados por una investigación preliminar del fiscal".

En tanto, el primer inciso del artículo 246 del Código Penal indica que "el empleado público que revelare los secretos de que tenga conocimiento por razón de su oficio o entregare indebidamente papeles o copia de papeles que tenga a su cargo y no deban ser publicados, incurrirá en las penas de suspensión del empleo en sus grados mínimo a medio o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales, o bien en ambas conjuntamente".