Adiós a las cuerdas y lazos: nueva normativa regula el remolque de vehículos averiados en Chile
El reglamento establece nuevas exigencias para grúas y conductores particulares, además de fijar límites de velocidad y prohibir el traslado de pasajeros en el vehículo remolcado.
Viernes 7 de agosto de 2026
El uso de cuerdas, lazos y otros elementos artesanales para remolcar vehículos averiados quedó prohibido en Chile, tras la entrada en vigencia de una nueva normativa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).
Se trata del Decreto Supremo N° 55/2025, publicado este viernes 7 de agosto en el Diario Oficial, que establece un nuevo reglamento para el remolque de vehículos motorizados averiados o accidentados en la vía pública.
La normativa busca establecer estándares de seguridad para este tipo de maniobras y poner fin a prácticas que pueden aumentar el riesgo de colisiones por alcance y pérdida de control.
Uno de los principales cambios es que los conductores particulares ya no podrán utilizar cuerdas, lazos o cadenas para unir un vehículo averiado con otro. En estos casos, el remolque deberá realizarse mediante una barra metálica.
¿Qué cambia para los conductores?
El nuevo reglamento establece diferencias entre el remolque realizado por vehículos de auxilio, como las grúas, y aquel efectuado por un vehículo particular.
En el caso de las grúas, estas podrán transportar hasta dos vehículos simultáneamente mediante mecanismos de izamiento. Para las motocicletas, la cantidad dependerá de la capacidad de la plataforma de carga y de sus sistemas de sujeción.
Tambien podrán utilizar mecanismos de elevación y/o arrastre, mientras que durante las maniobras deberán contar con dispositivos luminosos y elementos retrorreflectantes.
Por otro lado, cuando un conductor particular deba remolcar otro vehículo, el automóvil utilizado para realizar la maniobra deberá contar con dimensiones y peso superiores al vehículo remolcado.
Además, ambos vehículos deberán estar unidos mediante una barra metálica, quedando expresamente prohíbido el uso de cuerdas o lazos.
El vehículo remolcado deberá mantener sus luces de viraje encendidas y parpadeando durante todo el trayecto, siempre que las condiciones de la avería permitan hacerlo.
Otra de las restricciones establece que no podrán viajar pasajeros en el vehículo remolcado. La única excepción será una persona que permanezca al volante para colaborar con la maniobra.
En el caso de vehículos que transporten cargas peligrosas, continuará aplicándose la normativa específica establecida en el Decreto Supremo N° 298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
La nueva normativa fija además una velocidad máxima para este tipo de desplazamientos.
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40 km/h | zonas rurales e interurbanas
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30 km/h | zonas urbanas