Locataria criticó gestión económica de administradora en grupo de WhatsApp, fue denunciada por calumnia pero terminó absuelta

El máximo tribunal rechazó un recurso de nulidad y ratificó la absolución de una locataria que acusó presuntas irregularidades económicas en la administración de un terminal pesquero.

24horas.cl

Miércoles 24 de junio de 2026

La Corte Suprema confirmó de forma unánime la absolución de una locataria de un terminal pesquero de la comuna de Lo Espejo que había sido querellada por el delito de calumnias tras publicar mensajes en un grupo de WhatsApp donde cuestionaba la gestión económica de la directiva administradora del recinto.

Según informó el Poder Judicial, la decisión fue adoptada por la Segunda Sala del máximo tribunal, que rechazó un recurso de nulidad presentado por la parte querellante y mantuvo íntegramente el fallo dictado previamente por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago.

El origen del conflicto en un chat de WhatsApp

Según los antecedentes de la causa, la controversia se produjo al interior de una asociación gremial encargada de administrar un importante centro de abastecimiento pesquero de la Región Metropolitana.

Los locatarios mantenían un grupo de WhatsApp para coordinar actividades y compartir información relacionada con el funcionamiento del recinto. Fue en ese espacio donde la comerciante comenzó a expresar sospechas sobre el manejo de recursos por parte de la directiva.

Persona escribiendo en WhatsApp

Entre los mensajes incorporados a la investigación judicial, la mujer señaló:

"El terminal es únicamente de locatarios y nosotros decidimos quien nos representará. Nosotros decidimos nuestro futuro y no un grupo que se les dio la confianza y lo único que hicieron fue robar y abuso de poder".

Asimismo, cuestionó el uso de recursos de la organización y afirmó que existían pérdidas millonarias que afectaban directamente a los comerciantes.

La querella por calumnias

La presidenta y administradora de la asociación gremial presentó una acción penal privada por calumnias, argumentando que las acusaciones difundidas ante un grupo cercano a cien integrantes dañaban gravemente su honra y la de la directiva.

Durante el juicio, la defensa de la locataria sostuvo que sus intervenciones buscaban alertar sobre presuntas irregularidades que, a su juicio, debían ser investigadas y transparentadas.

Sin embargo, el tribunal de primera instancia resolvió absolver a la acusada al concluir que la querella no lograba configurar adecuadamente el delito de calumnia y que las pruebas presentadas resultaban insuficientes.

¿Qué dijo la Corte Suprema?

Tras la absolución, la querellante recurrió a la Corte Suprema buscando anular la sentencia. No obstante, la Segunda Sala rechazó el recurso y respaldó el análisis realizado por el tribunal de garantía.

En el fallo, los ministros advirtieron una "patente incongruencia" en la impugnación presentada, señalando que se intentaba revertir la decisión sobre la base de hechos que ya habían sido descartados durante la etapa probatoria.

Además, la Corte compartió las críticas realizadas por el tribunal de primera instancia respecto de la forma en que fue construida la querella.

"De una simple lectura resulta dificultoso identificar los elementos configurativos del ilícito de calumnia", indicó el fallo.

El máximo tribunal agregó que a la escasa prueba presentada se sumaba un planteamiento de los hechos "desordenado y genérico", elementos que reforzaban la decisión absolutoria.

Absolución quedó firme

Con esta resolución, la Corte Suprema confirmó de manera definitiva la absolución de la locataria de Lo Espejo y cerró el proceso judicial iniciado por la directiva de la asociación gremial.

El fallo ratificó que los antecedentes presentados en la causa no permitían acreditar los requisitos necesarios para configurar el delito de calumnia, dejando sin efecto las pretensiones de la querellante.

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