Se fracturó por una vereda en mal estado y no pudo ir al funeral de su pareja: recibirá $70 millones

La Corte de Apelaciones de Talca aumentó la indemnización que deberá pagar el municipio por las secuelas físicas y emocionales del accidente.

24horas.cl

Sábado 10 de octubre de 2026

La Municipalidad de Talca deberá pagar $70 millones a un adulto mayor que sufrió una fractura tras caer en una vereda en mal estado. La Corte de Apelaciones elevó la indemnización por daño moral al considerar las secuelas físicas del accidente y sus consecuencias familiares.

El accidente ocurrió el 4 de noviembre de 2019, en la intersección de 5 Oriente con 2 Sur. Según los antecedentes de la causa, las lesiones dejaron al hombre con incapacidad física, requirieron hospitalizaciones y largos períodos de reposo, además de un traslado a Santiago para recibir tratamiento médico.

Durante el juicio, desde el municipio sostuvieron que la caída habría sido provocada por un empujón en el contexto de las manifestaciones del estallido social.

En primera instancia, el Tercer Juzgado de Letras de Talca acogió la demanda y fijó una indemnización de $15 millones por daño moral.

Secuelas emocionales y físicas

La pareja del afectado falleció el 16 de diciembre de 2019. Sin embargo, debido a su estado de salud, el hombre no pudo asistir al velorio ni al funeral.

La Corte de Apelaciones también consideró que el accidente le impidió acompañar a su familia durante el duelo y apoyar a su hijo con síndrome de Down.

A esto se sumaron una recuperación más lenta debido a su edad al momento de la caída y dolencias que persistieron en el tiempo.

Adulto mayor sosteniendo su bastón - Imagen referencial

Corte elevó el monto a $70 millones

En su fallo del 30 de septiembre de 2026, la Corte de Apelaciones de Talca confirmó la sentencia de primera instancia, pero aumentó la indemnización por daño moral de $15 millones a $70 millones, al estimar que el monto inicial no compensaba adecuadamente el sufrimiento físico y emocional del afectado.

La suma deberá pagarse con el reajuste correspondiente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre la fecha del accidente y el pago efectivo.

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