Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados: cuánto dinero es y cuáles son los requisitos para recibirlo

La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, detalló que "todo es automático y se paga en conjunto con las pensiones de cada mes".

24horas.cl

Sábado 2 de septiembre de 2023

Cuando restan pocos días para el inicio de las celebraciones de las Fiestas Patrias, la ministra del Trabajo Jeannette Jara, informó que el Gobierno entregará un aguinaldo a los pensionados y pensionadas. 

“Todo es automático y se paga en conjunto con las pensiones de cada mes. ¿Qué pasa si a alguien no le llegó este beneficio? Debe acercarse a las oficinas de ChileAtiende en todo el país”, explicó la titular de Trabajo.

¿Cuál es el monto del aguinaldo?

El monto base del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023 es de $23.261. A eso se le suman $11.933 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023.

"El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no tiene descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni las cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible)", detalla el sitio oficial de Chile Atiende.

¿Cómo se postula?

El aguinaldo para pensionados por Fiestas Patrias se paga una sola vez en el año junto a la pensión de septiembre a todas las personas beneficiarias que cumplan con los requisitos.

"El aguinaldo se paga junto con la pensión. Entonces, las personas no tienen que hacer un trámite adicional, no tienen que postular", precisó la ministra. 

De esta forma, el beneficio será destino a personas que al 31 de agosto cumplan con los siguientes requisitos:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2023, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

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