Durante el mes de septiembre se efectúa el pago de diversos beneficios económicos estatales dirigidos a los pensionados y adultos mayores del país.
Dentro de las entregas fijadas para este periodo, se contemplan valores que alcanzan hasta los $250.000, además de aportes directos sin descuentos previsionales ni tributarios.
Las fechas de cobranza de cada aporte se ejecutan de manera conjunta con la liquidación mensual de la pensión o mediante las modalidades de depósito registradas por cada beneficiario.
Pensión Garantizada Universal
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio estatal al que se accede desde los 65 años de edad, siempre que se disponga de una pensión inferior a $1.210.828 mensuales.
El aporte económico asigna los siguientes valores según la situación previsional del usuario:
- Para pensiones base menores o iguales a $762.822: el monto fijo asignado es de $224.004.
- Para pensiones base entre $762.823 y $1.210.828: el valor del beneficio es variable.
- Para personas mayores de 82 años: el monto fijado asciende a $250.000.
Las personas que no tengan derecho a una pensión en ningún régimen previsional también pueden solicitar el beneficio si cumplen con las condiciones establecidas.
Aguinaldo de Fiestas Patrias
El Aguinaldo de Fiestas Patrias se entrega de forma automática junto con la pensión del mes de septiembre a quienes cumplan la condición de persona beneficiaria.
Este aporte monetario no posee descuentos, no es tributable para el pago de impuestos y no se considera imponible para cotizaciones de salud o previsionales.
Bono Bodas de Oro
El Estado dispone también del Bono Bodas de Oro para cónyuges que acrediten 50 años de matrimonio.
El monto total es de $463.166, el cual se entrega por única vez y se divide en partes iguales de $231.583 para cada cónyuge vivo. La solicitud se puede realizar en el plazo de un año desde que se cumple el aniversario.
Aporte Familiar Permanente
Por su parte, el Aporte Familiar Permanente es un beneficio no postulable pagado desde febrero a quienes hayan cobrado el Subsidio Familiar, Asignación Familiar o Maternal, o pertenezcan al Subsistema de Seguridades y Oportunidades al 31 de diciembre del año anterior.
Bono por hijo
El Bono por Hijo es una bonificación estatal destinada a mujeres de 65 años o más, diseñada para incrementar el monto de su pensión por cada hijo nacido vivo o adoptado.
El beneficio - decarácter irrevocable- está dirigido a madres afiliadas a una AFP que se pensionaron desde el 1 de julio de 2009, así como a beneficiarias de la PGU o de una Pensión de Sobrevivencia otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el IPS desde esa misma fecha.