Reforma notarial: trámites que ya no requieren notaría y cómo reclamar al Sernac
La nueva ley ya está vigente y trae digitalización, precios regulados y más fiscalización. Revisa qué cambió y cómo denunciar irregularidades.
Miércoles 22 de abril de 2026
Desde el 2 de abril de 2026 entró en vigencia la Ley N° 21.772, que moderniza el sistema notarial y registral en Chile, incorporando nuevas facultades de fiscalización para el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
Entre los principales cambios, la normativa apunta a digitalizar trámites, transparentar los precios y mejorar la atención en notarías, conservadores de bienes raíces y archiveros.
"El espíritu es precisamente que existan precios similares para las mismas actividades que desarrollan los notarios", señaló el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat.
Trámites que ya no requieren ir a notaría
Uno de los cambios más relevantes es la eliminación de la obligatoriedad de acudir a una notaría en diversos trámites, los que ahora pueden realizarse de forma digital o mediante declaraciones simples.
Según el Sernac, estos incluyen:
Vivienda y urbanismo
- Permisos de alteración de viviendas económicas.
Empresas y organizaciones
- Modificaciones de estatutos en sociedades anónimas deportivas.
- Actas de asambleas en cooperativas.
- Acuerdos de asociaciones de pescadores.
- Delegación de facultades en procedimientos concursales.
Servicios y concesiones
- Concesión de servicio público de distribución de gas.
- Trámites del Código de Aguas que puedan realizarse en línea.
Trámites administrativos
- Acreditación de experiencia en concursos públicos (reemplaza declaración jurada notarial).
- Poderes simples para trámites ante el Estado.
- Trámites ante organismos públicos, salvo excepciones legales.
Otros casos
- Poder suplente de agente de aduanas.
- Reconocimiento de firmas con firma electrónica avanzada.
Con esto, se busca reducir tiempos y costos, permitiendo realizar gestiones desde casa sin “papel oficial”.
Precios transparentes y límites máximos
La reforma también obliga a las notarías a publicar sus tarifas en sus sitios web y respetar un arancel máximo definido por autoridades.
Esto permitirá a los usuarios comparar precios entre distintas notarías y evitar cobros excesivos.
Además, si un precio informado no coincide con lo cobrado, se puede denunciar. "Cuando arrojen diferencias relevantes esos precios, van a tener canales expeditos de denuncia a través del Sernac", agregó Rabat.
Nuevo rol del SERNAC: fiscalización y multas
Con la entrada en vigencia de la ley, el Sernac ahora fiscaliza directamente a notarías, conservadores y archiveros.
“La ley nos mandata a tener un rol activo en términos de fiscalización”, explicó Carolina González, directora subrogante del organismo.
El servicio supervisará aspectos como:
- Cobros indebidos
- Falta de información de precios
- Demoras excesivas
- Incumplimiento de horarios
- Condiciones de infraestructura y seguridad
- Trato no discriminatorio
Las infracciones pueden derivar en multas de hasta 300 UTM.
Cómo ingresar un reclamo ante el SERNAC
Si detectas irregularidades, puedes presentar un reclamo a través de los canales oficiales:
- Ingresar al Portal del Consumidor con Clave SERNAC o ClaveÚnica
- Llamar gratis al call center (lunes a viernes, de 09:00 a 19:00 horas)
- Acudir presencialmente a oficinas del SERNAC
Se recomienda adjuntar documentos que respalden la denuncia, como boletas, capturas de precios o comprobantes del trámite.
Un sistema más digital y con mayor control
La reforma también introduce cambios estructurales, como el fin de los cargos vitalicios —ahora con límite de 75 años— y nuevos procesos de nombramiento por concurso público.
En paralelo, el Sernac ya inició fiscalizaciones y oficios a más de 500 notarías para asegurar el cumplimiento de la normativa.
Con estos cambios, el sistema busca ser más transparente, accesible y eficiente para los usuarios, reduciendo la burocracia y fortaleciendo los derechos de los consumidores.