¿Trabajas a honorarios? Cuándo te corresponde aguinaldo de Fiestas Patrias y de qué depende

Quienes emiten boletas no tienen derecho automático a este beneficio en septiembre, pero el contrato o la relación laboral podrían cambiar el escenario.

24horas.cl

Sábado 22 de agosto de 2026

Con la llegada de septiembre, miles de trabajadores dependientes del sector público recibirán un aguinaldo de Fiestas Patrias que oscilará entre los $63.645 y los $91.682. No obstante, quienes prestan servicios bajo la modalidad de emisión de boletas de honorarios quedan excluidos de este pago automático.

La normativa legal que rige a los organismos estatales limita el beneficio a funcionarios de planta, a contrata y a categorías expresamente especificadas. Por este motivo, el personal a honorarios de ministerios, municipalidades u otros entes públicos no accede por defecto a dicho monto, con un tope imponible fijado en los $3.511.800 brutos.

En el sector privado, la entrega de este bono extraordinario tampoco es obligatoria por ley para los trabajadores independientes. La única vía para exigir el pago radica en que la obligación esté estipulada explícitamente en el convenio de prestación de servicios o en un acuerdo entre las partes.

¿Eres realmente independiente o trabajas como empleado?

Existen escenarios donde se detectan indicios de subordinación, como cumplimiento de horarios, supervisión directa, recepción de instrucciones y solicitud de permisos. Estas condiciones darían cuenta de una relación laboral encubierta que abre la posibilidad de reclamar derechos más amplios.

Camila Cárdenas, directora del Área de Litigación de SoyHonorario, advierte que “hay personas que formalmente aparecen como independientes, pero en la práctica trabajan igual que cualquier empleado. El aguinaldo puede ser la primera diferencia que detectan, aunque detrás podría existir una relación laboral encubierta”.

Emitir una boleta no define por sí solo una relación independiente. Si una persona cumple horario, recibe instrucciones, tiene supervisión, solicita permisos y trabaja de forma continua, podrían existir señales de subordinación y dependencia.

En ese caso, no solo podría estar en juego el aguinaldo, sino también derechos como feriado, cotizaciones, jornada laboral, descansos e indemnizaciones.

“Hay personas que formalmente aparecen como independientes, pero en la práctica trabajan igual que cualquier empleado”, advierte Camila Cárdenas, directora del Área de Litigación de SoyHonorario.

Eso sí, ser reconocido como trabajador dependiente no implica automáticamente tener derecho a aguinaldo. Para exigirlo, debe acreditarse que estaba pactado, que se pagaba habitualmente o que correspondía por un instrumento colectivo.

Qué revisar

“No recibir aguinaldo no demuestra por sí solo que exista una vulneración. Pero si la persona cumple las mismas obligaciones que un trabajador contratado y queda excluida de beneficios únicamente porque emite boletas, es recomendable revisar si realmente presta un servicio independiente”, concluye Cárdenas.

Frente a esta situación, especialistas sugieren recopilar correos electrónicos, registros de asistencia e instrucciones escritas para evaluar el vínculo legal. La mera ausencia del aguinaldo no constituye una infracción por sí sola, pero sí amerita una revisión si las exigencias diarias equiparan a la persona con el personal contratado.

Te podría interesar

Sábado 22 de agosto de 2026

Metro de Santiago busca murales para exhibir en la próxima línea 7: así puedes participar

Sábado 22 de agosto de 2026

Subsidio Eléctrico 2026: quiénes son los nuevos beneficiados desde Septiembre

Sábado 22 de agosto de 2026

Horario de verano 2026: esta es la fecha en que se adelantan los relojes

Sábado 22 de agosto de 2026

Minvu abre postulación al subsidio de arriendo para personas mayores y con discapacidad: estas son las fechas para postular