El candidato presidencial y ex mandamás de Santiago 2023, Harold Mayne-Nicholls Sécul, volverá a ser imputado por desacato en una investigación que sustancia la Fiscalía Oriente por el supuesto cobro irregular de boletas de garantía a una empresa extranjera por más de 2,7 millones de dólares. Lo anterior, cuando fungía como director ejecutivo de la corporación que llevó a adelante los Juegos Panamericanos disputados en suelo nacional.
De acuerdo con los antecedentes recabados por Informe Especial, la determinación fue adoptada por la Corte Suprema, que revocó el sobreseimiento dictado por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago -y confirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago-, a petición del Ministerio Público, que en su momento argumentó que no existía delito.
El máximo tribunal (por tres votos contra dos) no escatimó en adjetivos para sostener que el ente perseguidor no hizo bien su trabajo.
“(...) debe recordarse que el fundamento (...) por el cual se entrega en forma exclusiva al Ministerio Público la función de investigar los delitos, radica en el interés público de que éstos no permanezcan impunes (...) sobre todo si existe una víctima (...)”, detalla el fallo supremo.
De esta manera, ordenó que todo el caso vuelva a foja cero.
La indagatoria a cargo del Ministerio Público se originó a raíz de una querella interpuesta por la empresa Fast Engenharia e Montagens, espejo de la brasileña del mismo nombre.
En la acción legal se detalla que la firma suscribió un contrato para los Juegos Panamericanos de 2023 para instalar infraestructura.
Para formalizar el acuerdo de voluntades, la compañía entregó una boleta de garantía para asegurar el fiel cumplimiento del trabajo por 2,76 millones de dólares.
A juicio de esta empresa se realizaron todos los encargos requeridos, pero en una carta de fines de abril de 2024 la organizadora del evento deportivo argumentó un pago de impuestos -que según la acción legal- no eran procedentes.
“Ha sido la Corporación, quien ante su negligencia de retener el impuesto adicional, y para evitar las consecuencias de sus errores, supuestamente habría pagado un IVA que no correspondía y ahora pretende que sean mis representadas o alguna de ellas, las que “salven” esa negligencia o grave error”, detalla el libelo.
La jueza
Como el cobro era perentorio, “Fast” recurrió ante un juez árbitro “de emergencia” de la Cámara de Comercio de Santiago, tal como establecía el contrato para resolver cualquier controversia.
La jueza arbitral Pía Tavolari -el 9 de mayo de 2024- acogió la solicitud de la compañía.
Pese a ello, según se lee en la acción legal, Mayne-Nicholls el 2 de mayo presentó a cobro el documento en el Banco Bice.
De esta manera, los recurrentes estimaron que el presidenciable cometió el delito de desacato al no cumplir la orden de Tavolari.
El pago de la suma aludida fue rechazado por la entidad financiera, ya que en su calidad de apoderado tenía “una limitación de hasta $700 millones conforme los poderes exhibidos y vigentes”.
La firma brasileña insistió en su intento y el seis de mayo de 2024 realizó otra petición a Tavolari; esta vez una medida prejudicial para -nuevamente- evitar el cobro.
Tres días más tarde, la magistrada ordenó que las boletas quedaran bajo custodia del tribunal, lo que fue notificado al BICE días más tarde y también a la Corporación dirigida por el hoy candidato a La Moneda.
Los querellantes explican que, pese a que la decisión de la jueza Tavolari estaba vigente, la Corporación celebró una sesión extraordinaria el 28 de mayo de la misma anualidad.
En dicha reunión se “acordó conferir amplios poderes” para que tanto Mayne-Nicholls y Juan Enrique Montes -en el futuro- “pudieren realizar una serie de actuaciones en relación con los documentos (...) entre ellas, la de cobrar la boleta de garantía (...)”.
La orden
En paralelo, la Corporación recurrió en contra de la decisión de la jueza Tavolari y solicitó que Fast extendiera la vigencia de la boleta de garantía en un plazo que esta última estimó improcedente. Básicamente, porque los días 30 y 31 de mayo de 2024 en Brasil eran feriados.
La magistrada acogió la solicitud y Fast pudo realizar la ampliación de vigencia de los documentos comerciales.
Según Fast, Mayne-Nicholls cayó en desacato porque no entregó la boleta de garantía a la Cámara de Comercio para su custodia y de todos modos cobró los más de 2,7 millones de dólares, ya que el ex directivo, con "poderes plenipotenciarios" al mando de la Corporación pudo ejecutar la conducta reprochada.
De acuerdo con la presentación, la jueza Tavlorari quedó sorprendida y ordenó de inmediato “la retención del importe de la boleta”. Ante la decisión, la Corporación acabó cumpliendo la orden del tribunal arbitral.
Hay que recordar que el Ministerio Público es quien dirige las investigaciones y tiene la facultad de solicitar el sobreseimiento en las causas a su cargo, cuando no se acrediten hechos que constituyan ilícitos de acción pública.
Por esta razón es probable que el organismo insista en su solicitud de sobreseimiento en forma posterior y todo vuelva a empezar.
Informe Especial consultó al abogado Alejandro Laura, querellante en contra de Mayne-Nicholls, pero declinó comentar la situación porque -a su juicio- las causas se tramitan en sede judicial y no mediante declaraciones a la prensa.
Lo propio se realizó con el abogado defensor del presidenciable, Sebastián Doren, quien hasta el cierre de este artículo declinó entregar una versión.