Click acá para ir directamente al contenido

Comenzó pago de aguinaldo para pensionados ¿Cómo obtenerlo?

Los jubilados no deben hacer ningún trámite adicional para recibir esta ayuda económica que entrega el Estado.

24horas.cl

Viernes 2 de diciembre de 2022

Este 1 de diciembre comenzó el pago del aguinaldo de Navidad para pensionados. De acuerdo al Instituto de Previsión Social (IPS), este beneficio se entrega cada año a todos los beneficiarios de pensiones que cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

El IPS también señaló que este 2022 el bono beneficiará a más de 2.647.000 personas a lo largo del país. 

¿Cuál es el monto que se pagará este año?

El monto del aguinaldo de Navidad de 2022 es de $25.150 para pensionados, y se incrementará en $14.209 por cada persona que el pensionado tenga acreditada como carga familiar al 30 de noviembre de este año.

Respecto a su pago, el IPS aclara que este se incuirá en la liquidación de pago de pensión del mes de diciembre, antes de Navidad. En este sentido, los pensionados no deben hacer ningún trámite adicional para recibir esta ayuda económica que entrega el Estado.

¡Ojo! cada persona tiene derecho a un solo Aguinaldo, aunque reciba dos o más pensiones, o beneficios pagados por el IPS o por otras instituciones de seguridad social.

¿Quiénes podrán recibirlo?

Según la entidad, los los pensionados y pensionadas que tengan alguna de las siguientes calidades al 30 de noviembre de este año:

  • Pensionados de las ex-Cajas de Previsión y del ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal que, previo a la entrada en vigencia de la ley, hayan sido beneficiarios de una pensión básica solidaria de vejez
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal que, previo a la entrada en vigencia de esta ley se encontraban percibiendo el aporte previsional solidario de vejez.
  • Pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº 3.500, de 1980 (AFP y Companías de Seguros), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal, por cumplir los requisitos.
  • Beneficiarios de una Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro con Aporte Previsional Solidario  de Invalidez
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.