Click acá para ir directamente al contenido

Personas en situación de discapacidad: ¿a qué beneficios pueden acceder?

Desde el Instituto de Previsión Social (IPS) disponen de algunos beneficios para este grupo de la población.

24horas.cl

Miércoles 25 de enero de 2023

El Estado, específicamente el Instituto de Previsión de Social (IPS)dispone de una serie de beneficios para diferentes sectores de la población, entre ellos, las personas que en situación de invalidez y/o discapacidad

Según ha detallado la institución, para poder acceder a ellos es importante que la condición de salud o discapacidad debe estar acreditada de acuerdo a la normativa de cada beneficio, además de cumplir con los requisitos de vulnerabilidad y residencia en Chile.

En este sentido, los principales beneficios a los que pueden optar son los siguientes: el Subsidio de Discapacidad Mental para menores de 18, la Pensión Básica Solidaria de Invalidez y el Aporte Previsional Solidario de Invalidez.

Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años

Según explican desde el IPS, el Subsidio de Discapacidad para personas menores de 18 años consiste de un incentivo monetario mensual de $96.959. Este se entrega a todos aquellos menores de edad que están en situación de discapacidad mental, o bien, física o sensorial severa, y que sean de escasos recursos.

¿A quién va dirigido? A personas menores de 18 años que presenten discapacidad mental, física o sensorial severa, por intermedio de las personas que los representen o de las instituciones o personas que los tengan a su cargo y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estén dentro del 60% más vulnerable de la población, según la clasificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH).
  • Tengan residencia continua en el país de, a lo menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haga la solicitud.
  • Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o, según el caso, el certificado o credencial del Registro Nacional de Discapacidad del SRCeI que certifique:

– Una discapacidad mental, física o sensorial de, al menos, un 50% (severa o profunda), que se encuentre vigente.

– Una discapacidad mental, acreditada de acuerdo con a la Ley Nº 18.600.

PARA MÁS INFORMACIÓN, HAZ CLICK AQUÍ

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La PBSI es un beneficio que permite acceder a un monto de 193.917 pesos a personas entre 18 años y menores de 65 años que son declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.

Esta va dirigido a personas que:

  • Tengan desde 18 y hasta menos de 65 años de edad.
  • No tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia.
  • Hayan sido declaradas con invalidez por las comisiones médicas.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 80% más pobre de la población, determinado por el puntaje de focalización.
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

PARA MÁS INFORMACIÓN, HAZ CLICK AQUÍ

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

El APSI corresponde a un monto que permite complementar la pensión de invalidez, hasta alcanzar una pensión final equivalente al monto de la PGU (actualmente de $193.917).

Este Aporte está sujeto a un proceso de revisión por parte del Instituto de Previsión Social, destinado a verificar que el beneficiario o beneficiaria mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.

Este aporte va dirigido a personas que:

  • Tengan desde 18 y hasta menos de 65 años de edad.
  • Reciban una pensión mensual o una pensión base inferior a 193.917 mil  pesos.
  • Sean declaradas inválidas por las Comisiones Médicas o reciban una pensión de invalidez.
  • No impongan en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) ni reciban pensiones de sobrevivencia, ya sea en calidad de titular o como beneficiario.
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a los beneficios.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 80% más pobre de la población, determinado por el Puntaje de Focalización Previsional entregado por el Registro Social de Hogares (RSH).

PARA MÁS INFORMACIÓN, HAZ CLICK AQUÍ