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Las causales definitivas por las que podrías perder la PGU o los bonos estatales

El Instituto de Previsión Social realiza fiscalizaciones periódicas para verificar la continuidad de las condiciones exigidas por ley.

24horas.cl

PGU

Viernes 23 de octubre de 2026

¿Recibes algún beneficio estatal? Debes saber que el Instituto de Previsión Social realiza revisiones periódicas para verificar que las personas sigan cumpliendo los requisitos exigidos por ley para recibir ayudas del Estado.

Dependiendo de la situación detectada en cada caso, la normativa legal establece la suspensión o la extinción del beneficio, afectando la continuidad de los pagos.

Estos se desglosan en: permanecer fuera de Chile por períodos superiores a los legales, cambios socioeconómicos, no cobrar el dinero o no entregar antecedentes solicitados; son causales directas de la pérdida del pago.

Las ausencias permitidas en el extranjero

La condición de permanencia en el país no es igual para todos los aportes administrados por el organismo. En el caso de la Pensión Garantizada Universal, regulada por la Ley N.º 21.419, la asignación se extingue al permanecer fuera de Chile por más de 180 días, continuos o discontinuos, dentro de un mismo año calendario.

Por su parte, el límite de ausencia resulta menor para otros aportes del sistema previsional solidario.

  • Pensión Garantizada Universal (PGU): Extinción si se acumulan más de 180 días fuera del país entre enero y diciembre.
  • Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI): Extinción al sumar más de 90 días en el extranjero dentro de un año calendario.
  • Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI): Extinción por estar más de 90 días fuera de Chile en el año calendario.
  • Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV): Extinción tras superar los 90 días de ausencia en un año calendario.

Postulación de Pensión Garantizada Universal - Agencia Uno

¿Cuáles son las causales de suspensión o término de la PGU?

Respecto a la Pensión Garantizada Universal, la legislación vigente distingue entre el pausado temporal del pago y el término definitivo del derecho a recibirlo. El IPS procede a la suspensión del pago ante las siguientes situaciones:

  • No cobrar la PGU durante seis meses continuos.
  • No entregar los antecedentes requeridos por el IPS para acreditar requisitos dentro del plazo de 3 meses.

Por otro lado, la extinción o término definitivo del beneficio se aplica bajo las siguientes causales:

  • Fallecimiento de la persona beneficiaria.
  • Incumplimiento del límite de 180 días de permanencia en Chile en un año calendario.
  • Entrega de antecedentes incompletos, erróneos o falsos.
  • Ingresar al 10% más rico de la población de Chile según la evaluación socioeconómica.

Por ello el IPS recordó que, para evitar la interrupción o pérdida de las asignaciones, las personas beneficiarias deben mantener actualizada su información y responder dentro de los plazos legales ante cualquier requerimiento de antecedentes solicitado por el IPS.