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Festival Frontera: Corte Suprema condena a Punto Ticket y ordena compensaciones de hasta $95 mil a afectados

La justicia estableció que Punto Ticket deberá responder por los perjuicios provocados tras la suspensión y posterior reprogramación del evento en 2016.

24horas.cl

Concierto del Festival Frontera 2015 con los logos del evento y de Punto Ticket

Martes 11 de agosto de 2026

La Corte Suprema acogió un recurso presentado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y condenó a Punto Ticket a compensar a los consumidores afectados por la suspensión del Festival Frontera 2016.

El evento estaba programado para el 3 de diciembre de 2016 en el Club Hípico de Santiago, pero fue suspendido un día antes debido a que no cumplía con los requisitos exigidos para realizar eventos masivos.

Line-Up del Festival Frontera 2016 - Redes Sociales

En ese momento se habían vendido alrededor de 25 mil entradas, cuyos precios fluctuaban entre $24 mil y $28 mil.

El máximo tribunal determinó que Punto Ticket actuó como proveedora intermediaria, por lo que debe responder civilmente por los perjuicios ocasionados a los consumidores.

¿Cuánto recibirán los afectados?

La sentencia estableció cuatro grupos y fijó las siguientes compensaciones:

  • Afectados de regiones que no asistieron: 2,06 UF, cerca de $84 mil. Si reclamaron ante el Sernac, sube a 2,32 UF, aproximadamente $95 mil.
  • Afectados de regiones que asistieron a la nueva fecha: 1,5 UF, unos $61 mil. Con reclamo, reciben 1,77 UF, más de $72 mil.
  • Afectados de la Región Metropolitana que no asistieron: 0,56 UF, más de $22 mil. Con reclamo, 0,82 UF, más de $33 mil.
  • Afectados de la Región Metropolitana que asistieron: 0,26 UF, alrededor de $10.600, solo para quienes reclamaron ante el Sernac.

Los montos deberán pagarse con los reajustes e intereses correspondientes.

Un precedente para las ticketeras

El Sernac destacó que es el primer fallo que establece un vínculo contractual entre una ticketera y los consumidores en un caso de estas características.

La Corte precisó que la responsabilidad civil de Punto Ticket como intermediaria es objetiva, por lo que no era necesario acreditar negligencia de la empresa.