El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó que realizó una serie de fiscalizaciones para constatar las condiciones de acceso al baño en los centros comerciales de Santiago.
En ese contexto, el organismo afirmó la existencia de "prácticas irregulares" al momento de dar acceso a los servicios higiénicos. Puntualmente, el ente fiscalizador presentará tres denuncias ante el Juzgado de Policía Local contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo.
Eso, debido a que a pesar de tener la obligación de disponer de baños gratuitos para sus clientes por tener restaurantes o locales de comida, condicionaban el acceso con prácticas muy restrictivas, tales como: limitar el acceso por un tiempo determinado desde que pagó el consumo, exigir un monto mínimo de boleta, e incluso restringir el ingreso de un número determinado de personas por boleta o veces por persona que se accede al baño.
Cabe mencionar que según el ente "todos los lugares donde se expenden alimentos para consumo en el mismo establecimiento, deben contar con servicios higiénicos gratuitos para uso del público, incluidos los malls".
"La gran mayoría de los centros comerciales y malls en Chile no ponen ningún tipo de restricción en el acceso a los baños, mejorando así la experiencia de compra de sus clientes", agregó.
Estos son los hallazgos por cada centro comercial, según Sernac:
- Espacio M: Se constató que este centro comercial limitaba a un máximo de 1 hora emitida la boleta para el acceso al baño. Esto, supone que una persona que consumió luego de haber pagado, por ejemplo en un local de comida rápida, tenga máximo de 1 hora para ir al baño, limitando su derecho a acceso gratuito al baño. Por otra parte, en este mall existieron reclamos de consumidores que hablaban de retención de boletas para acceder al baño, sin embargo no se pudo corroborar si esto sucedió por un tiempo determinado como política de la empresa o fue disposición individual arbitraria de quienes atendían los baños.
- Vivo Imperio: Este centro comercial, según relatan consumidores, restringe el acceso a un tipo de compra en los restaurantes y locales de comida que existen en sus dependencias. Así por ejemplo, uno de los reclamos apunta a que al adquirir líquidos en una reconocida heladería, se le negó el acceso al baño por considerarse un "líquido" y no un "alimento sólido".
- Vivo Coquimbo: Este caso es el que concentra la mayor cantidad de reclamos por parte de consumidores. Acá se pudo constatar que se exigía un consumo mínimo y sólo se asociaban límites de acceso, por ejemplo, una boleta de $20.000 sólo daba derecho al acceso a 5 personas máximo.