La Contraloría está intentando fiscalizar el uso de los recursos públicos del Programa de Apoyo a la Identidad de Género (PAIG) que favorece a Niñas, Niños y Adolescentes (NNA).
El caso nada tendría de particular, salvo que el organismo fiscalizador dirigido por Dorothy Pérez solicitó —a la Subsecretaría de Salud y la de Redes Asistenciales— la nómina de todos los beneficiarios entre 2023 y 2025.
Puntualmente, pidieron incluir el RUT, nombre social, nombre registral, fecha de nacimiento, identidad de género, ingreso al programa, egreso, entidad hospitalaria donde se trata e indicar vigencia del servicio.
El requerimiento no solo incluye el PAIG, sino también el “programa de salud trans”. Más aún, la CGR también busca conocer el “detalle del arsenal farmacológico utilizado en los hospitales de la red para terapia hormonal, en el marco del programa de salud trans”.
Al respecto, el organismo fiscalizador requiere saber —además— la cantidad de grageas que ha ingerido el usuario, el valor de los medicamentos, entre otros aspectos.
Cuando el pasado 8 de enero la cartera de Salud tomó conocimiento del hecho, se dieron a la tarea de analizar la legalidad de la entrega de la información requerida. Fue así como el 12 de enero pasado la autoridad sanitaria respondió a Dorothy Pérez que estaba imposibilitada de cumplir con lo inquirido.
Contra los DDHH
El rechazo se fundamentó en la “ausencia de facultades legales que nos habiliten para vulnerar datos sensibles”. Estos últimos —detalla el oficio del Minsal— se encuentran amparados en la “obligación superior de proteger la vida privada”.
“Como subsecretaría debemos velar por el interés superior del niño, principio rector consagrado tanto en la legislación nacional como en la Convención Americana de Derechos Humanos (artículos 11, 19) y la Convención de los Derechos del Niño (artículo 16)”, detalla el oficio gubernamental.
Y agrega: “Entregar la identidad de NNA vinculados a programas de identidad de género no solo vulnera su privacidad clínica, sino que los expone a riesgos de estigmatización y afectación a su dignidad y desarrollo integral, contraviniendo nuestras obligaciones internacionales”.
Como era de esperarse, Dorothy Pérez volvió a la carga el pasado 14 de enero, es decir, dos días después de la negativa del Minsal.
Amenaza de multa
En tres páginas —y con marcado énfasis— aseguró que la entidad que dirige sabe guardar los secretos que la ley impone y que las subsecretarías y servicios de salud a nivel nacional están obligados a entregar la información cuando se la requiere para fiscalizar recursos públicos.
A renglón seguido, Dorothy Pérez invocó un dictamen de 2013 que a su juicio permite requerir las fichas clínicas de todos los pacientes del sistema público para revisar “el destino de los fondos considerados en la atención de determinadas patologías, o bien, para verificar el cumplimiento de alguna política pública vinculada con la oportunidad y calidad en que se otorgan ciertas prestaciones”.
Por último, Pérez advirtió a la autoridad sanitaria que —si no cumple la orden de la CGR— la jefatura puede ser sancionada con una multa de 15 días de sueldo o bien suspendida sin goce de remuneraciones “hasta que se le remitan los antecedentes o informes requeridos”.
“Protección reforzada”
La decisión de la Contraloría llegó a oídos de la Corporación Be Yoursef (CBY o “Sé Tú Mismo”, en español), que integra precisamente 44 familias de NNA en transición, a quienes prestan atención y acompañamiento en el proceso de cambio de género.
En ese marco, la organización interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, donde asegura que la decisión adoptada por Dorothy Pérez es “arbitraria e ilegal”, toda vez “que no explica de forma alguna (...) cuál es el objetivo o finalidad por la cual solicita esta información tan sensible y reservada que afecta la identidad de género de tantos NNA de este país”.
Respecto de la advertencia hecha por la CGR a la autoridad sanitaria de aplicar sanciones, la CBY le indica al tribunal de alzada capitalino que esta “ya no sólo constituye una amenaza, sino que derechamente una privación y perturbación a los derechos constitucionales de los NNA (...) en lo particular, al derecho al respeto y protección de la vida privada, a la honra de la persona y su familia, como asimismo a la protección de sus datos personales”.
Estos últimos, detalla la presentación, están protegidos por la Constitución Política e instrumentos internacionales como la Convención de Belém do Pará.
Al mismo tiempo —se lee en el recurso— los NNA deben tener una “protección reforzada”.
“Dicho aquello, al ser una facultad de DERECHO ESTRICTO, al tratarse de información contenida en una ficha clínica y además ser considerado un dato sensible, la CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA no goza ni detenta facultades expresas conferidas por la ley para acceder a dicha información”, asegura el líbelo.
Prueba de fuego
Por todo lo anterior, la corporación solicitó a la Corte de Santiago que, antes de analizar el fondo del recurso, dicte una orden de no innovar.
Dicho de otra forma, pidieron paralizar los efectos de la solicitud hecha por la contralora Dorothy Pérez.
Como sea, el recurso puede convertirse en una prueba de fuego para la entidad de control, ya que la judicatura podría estimar que los cuerpos normativos internacionales —ratificados por Chile— que protegen la infancia, más las leyes de datos personales y los derechos de los pacientes, pueden tener un rango mayor cuando se trata de NNA.
Si el libelo es acogido a tramitación, la Corte solicitará informe a las partes aludidas, por lo que tanto la cartera de Salud como la CGR deberán evacuar un informe explicando las decisiones adoptadas en un caso u otro.
Y cualquiera sea el resultado del fallo en el tribunal de alzada, el caso terminará en la Corte Suprema.