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Fallo unánime

Corte de Apelaciones confirma multa a dos autos de la Suprema por transitar en vías exclusivas

El tribunal de alzada capitalino estimó que el fallo que dictó el Juzgado de Policía Local se apegó a derecho y, al mismo tiempo, que la apelación interpuesta no podía ser acogida. Lo anterior, porque al momento de recurrir a la instancia la sanción ya estaba pagada.

Jorge Molina Sanhueza

Martes 19 de agosto de 2025

La Corte de Apelaciones de Santiago (CAS) confirmó la infracción de tránsito impuesta por el Segundo Juzgado de Policía Local (JPL), en contra de dos vehículos asignados a dos ministras de la Suprema, por el uso de vías exclusivas destinadas al transporte público. 

Los partes de 1 UTM cada uno, que en total suman $136 mil emanaron de la autoridad de Transportes, luego que los vehículos conducidos por choferes del Poder Judicial transitaran por calle Compañía; es decir, desde el estacionamiento del palacio de tribunales.

El tribunal de alzada capitalino en una resolución de cinco páginas, estimó que el fallo que dictó el JPL se apegó a derecho y, al mismo tiempo, que la apelación interpuesta no podía ser acogida. Lo anterior, porque al momento de recurrir a la Corte la sanción ya estaba pagada.

Multas sorpresa

Los hechos que afectaron a la Corporación de Administrativa del Poder Judicial (CAPJ), como representante del tercer poder del Estado, ocurrieron el 27 de junio de 2024.

Ese día, un inspector del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (MTT) denunció a los dos vehículos por transitar cerca de las 19:00 horas por calle Compañía, entre Bandera y San Antonio. Acto seguido, el funcionario cursó la denuncia, tal como dio a conocer Informe Especial.

 
El 31 de marzo de 2025, último día para renovar el permiso de circulación, la CAPJ descubrió que estaba impedida de realizar el trámite, porque figuraba una infracción impaga.

Por tanto, la premura para que los vehículos pudieran transitar dentro de la legalidad obligó al órgano a cancelar la deuda sin chistar.

Posteriormente, la entidad apeló ante la magistrada del JPL, Gabriela Figueroa, y argumentó que nunca fueron informados del parte y que los automóviles de las autoridades judiciales podían circular por esa zona.

La titular estimó que la multa al estar pagada íntegramente implicaba que la CAPJ asumió los hechos.

Camino a palacio

Ante dicha resolución, la CAPJ estimó que la resolución que la afectaba podía ser modificada en su favor por la Corte de Santiago.

El caso comenzó su tramitación el 2 de mayo y la jueza debió informar por qué resolvió de esa manera.

En el documento, Figueroa explicó que todo estaba zanjado y que, más allá del derecho que le asiste a personas e instituciones a recurrir a instancias superiores, el caso de los autos supremos estaba debidamente fallado.

Luego de los alegatos de la abogada de la CAPJ, Javiera Carrera, los ministros Dobra Lusic, Jenny Book y Matías de la Noi, fallaron en contra de la CAPJ.

En un fallo de cinco páginas, los aludidos arguyeron que lo invocado por la entidad, carecía de solidez: “Teniendo presente lo informado por la jueza recurrida y el hecho no controvertido consistente en que la multa respectiva, objeto del proceso, ya se encuentra pagada, es que se rechazará el recurso interpuesto”, detalló el documento.

De acuerdo a fuentes de Informe Especial, hasta ahora la Corporación de Administrativa del Poder Judicial no ha tomado la decisión sobre si recurrir o no a la Corte Suprema para zanjar la disputa. Aunque aún no hay claridad, en caso de que el asunto llegue al máximo tribunal, lo más probable será que algunos ministros tendrán que inhabilitarse para evitar revisar el tema.