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Revés para Dorothy Pérez

Corte de Valparaíso prohíbe a Contraloría acceso “masivo” a datos sensibles de pacientes trans

Los magistrados consideran que el criterio del ente fiscalizador es “desproporcionado”, porque implica “sacrificar un derecho de rango constitucional (...) carente de corroboración probatoria específica”.

Jorge Molina Sanhueza

Lunes 8 de junio de 2026

La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó a la CGR que se abstenga de requerir al Ministerio de Salud “datos sensibles” de miembros del programa de apoyo a la transición de género.

De esta manera, el tribunal de alzada porteño acogió el recurso de protección interpuesto por una madre, quien estimó que el oficio de Dorothy Pérez era “arbitrario e ilegal” y conculcaba sus derechos constitucionales. 

Básicamente, porque el organismo fiscalizador requería —para realizar una auditoría— números de RUT, nombre social y registral, identidad de género, fecha de nacimiento, ingreso y egreso del programa, el hospital donde se trata él o la menor de edad (o bien adulto, según sea el caso) y la vigencia del servicio. Así entraban en colisión, además, la Ley de Protección de la Vida Privada y la Ley de Derechos del Paciente.

La decisión judicial adoptada por dos votos contra uno, criticó duramente el criterio adoptado por el organismo fiscalizador.

“Resulta desproporcionado sacrificar un derecho de rango constitucional sustentándose en una premisa fáctica, carente de corroboración probatoria específica, cuando existen medios alternativos que permiten alcanzar los mismos fines de control con una intervención sustancialmente menor en la esfera íntima de los beneficiarios”, dice el fallo al que accedió Informe Especial.

Dicho de otra manera, la judicatura apuntó a que la entidad revisora obvió el principio de que el “Estado se encuentra obligado a elegir el medio que resulte menos gravoso para el derecho fundamental intervenido”; es decir, la privacidad y la reserva sobre la ficha clínica.

De oídas

No fue todo. El fallo también reprochó que la contralora actuó en base a los argumentos vertidos en una comisión parlamentaria.

“El fundamento principal de la recurrida para realizar el requerimiento de información es únicamente un plan general de auditoría originado en una comisión parlamentaria, careciendo de indicios o sospechas de irregularidad, concretamente imputables a la actora o a los programas fiscalizados, que podrían justificar su entrega nominada”, indica.

Aún cuando los magistrados reconocieron que la Contraloría debe ejercer su labor de cuidado y control de los dineros públicos, recordó que dicha facultad tiene límites jurídicos.

“Si bien no se desconoce el ineludible rol que le asiste al ente contralor en la fiscalización de los fondos públicos, el ejercicio de dichas prerrogativas no ostenta un carácter absoluto y encuentra su límite en el respeto a la dignidad y autonomía de las personas, según ha reconocido el Tribunal Constitucional”, expone.

En este sentido detalla el documento, el órgano de control deberá acceder a la información en las dependencias de la cartera de Salud, ya que “no señaló, ni acreditó ante esta magistratura haber evaluado la aplicación de mecanismos alternativos menos lesivos antes de optar por la transferencia masiva de datos sensibles nominativos”.

“Tales alternativas existen y se encontraban a su disposición. Entre ellas, por ejemplo, la revisión de los antecedentes en las dependencias de los servicios de salud, sin extracción ni transferencia masiva de datos nominativos”, apunta el dictamen.

Y agrega: “También pudo acudir a la utilización de técnicas de codificación que permitan la trazabilidad de las prestaciones o la realización de muestreos aleatorios sobre registros disociados, complementados con verificaciones cruzadas puntuales”.

En este sentido, la Corte aludida ordenó a la CGR que puede revisar la información requerida, pero anonimizada, en las dependencias de la secretaría de Estado.

Última oportunidad

En varias regiones, usuarios del programa de apoyo a la transición de género interpusieron recursos de protección, los que en su mayoría han sido rechazados o bien declarados inadmisibles. Misma situación ocurrió con la presentación de la Defensoría de la Niñez y la Fundación Iguales.

En todas las presentaciones, la contralora defendió sus atribuciones, asegurando que los datos se mantendrían bajo secreto, lo que fue acogido por las distintas magistraturas de alzada.

La CGR es representada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), entidad que podrá apelar ante la Corte Suprema para que dirima la controversia legal. 

Si el máximo tribunal confirma lo resuelto en Valparaíso será un duro golpe a las intenciones de Dorothy Pérez, quien advirtió hace algunas semanas que si los funcionarios de la cartera mencionada no entregaban la información requerida, podrían ser suspendidos con una importante baja de sueldo.

Vale mencionar que la decisión adoptada en Valparaíso fue acordada en mayoría por la ministra Marcela Figueroa Astudillo y el abogado integrante Guillermo Oliver Calderón.

En tanto, la preferencia de minoría fue sostenida por la ministra María del Rosario Lavín. En su caso, estimó que la Contraloría tiene las facultades fiscalizadoras, atendido el rol que desempeña en la sociedad para el control de los fondos públicos.

Consultada por Informe Especial, la Contraloría enfatizó “que es muy respetuosa de lo que resuelvan los Tribunales de Justicia y, por cierto, esperaremos la decisión definitiva de la Excma. Corte Suprema, pues a diferencia de lo resuelto, en esta ocasión y en voto dividido por la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, previamente otras 4 Iltmas. Cortes de Apelaciones del país ya habían confirmado las atribuciones de la CGR para fiscalizar tanto el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias en la aplicación concreta del programa, como la protección y resguardo de los derechos de los usuarios del mismo (menores y adultos), y también el correcto uso de los recursos públicos en la materia, resguardando, por cierto, los datos personales de los beneficiarios, tal como lo ha hecho siempre la CGR, en sus cerca de 100 años de historia y en las más de 400 auditorías a beneficios en temas de salud y en temas de menores, que ha efectuado en iguales términos en los últimos años, sin que jamás se hayan expuesto o filtrado los datos protegidos por la normativa".