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Antes de resolver recursos de protección

Corte de Valparaíso dicta dos nuevas “órdenes de no innovar” contra Dorothy Pérez y fija criterio por acceso a datos de niños trans

Foto: Aton/ Contralora Dorothy Pérez. Foto: Aton/ Contralora Dorothy Pérez.

Derivadas de dos nuevos recursos de protección, el tribunal de alzada porteño suma cuatro actos procesales similares, que paralizaron los efectos del documento emanado de la Contraloría.

Jorge Molina Sanhueza.

Lunes 16 de febrero de 2026

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió dos nuevas Órdenes de No Innovar (ONI) en contra del oficio emitido por la contralora, Dorothy Pérez, quien busca acceder a datos sensibles de niños trans custodiados por el Ministerio de Salud (Minsal), para así fiscalizar el correcto uso de los fondos públicos y uso eficiente de los recursos. 

Derivadas de dos nuevos recursos de protección, el tribunal de alzada suma cuatro actos procesales similares, que paralizaron los efectos del documento emanado del organismo fiscalizador, como también la advertencia de Pérez a la autoridad sanitaria de multar o suspender si la orden no se cumplía.

De esta manera, la judicatura porteña fijó un criterio sobre presentaciones similares, hasta que una sala compuesta por tres ministros (o eventualmente con abogados integrantes), resuelva en un sentido u otro el fondo de los libelos de quienes reclaman que sus derechos constitucionales están siendo conculcados. Como los cuatro apuntan a hechos similares se verán de forma conjunta.

Las acciones legales se suman a otras sustanciadas en distintas regiones del país y que apuntan a que los datos inquiridos por Pérez afectan su privacidad e integridad.

Hay que recordar que la contralora -invocando su facultad fiscalizadora-, busca auditar el correcto uso de la plata fiscal a un programa de cambio de género, donde además de adultos, los integran niñas, niños y adolescentes (NNA).

La polémica decisión de Pérez encendió las alarmas, porque en su oficio pidió incluir nombre social y registral, identidad de género, el ingreso y egreso del programa, los medicamentos usados, entre otros.

El Ministerio de Salud, en enero pasado, se negó a revelar la información y fue así como distintas personas o madres y padres de menores, iniciaron una batalla legal que hasta ahora se desarrolla en siete cortes de Chile: Concepción, Iquique, Antofagasta, Valparaíso, Chillán, mientras que en la Región Metropolitana en las jurisdicciones de San Miguel y Santiago.

Chances procesales

El último recurso de protección -tal como lo reveló este viernes Informe Especial- fue ingresado ante el tribunal de alzada capitalino por el director de la Defensoría de la Niñez (DDN), Anuar Quesille.

En el libelo, Quesille argumentó que la decisión de la entidad de control administrativo no realizó un análisis acabado respecto de las leyes chilenas, como tampoco de los instrumentos internacionales que protegen la niñez. Tal como se lee en el escrito, faltó el “control de convencionalidad”.

Lo argüido por Quesille fue en la misma línea del oficio reservado de 26 páginas que el aludido envió a Dorothy Pérez hace algunas semanas, tal como lo adelantó IE.

Hay que recordar que a principios de febrero la ONG Be Yourself, hizo lo propio en el tribunal de apelación capitalino, pero una sala compuesta por tres ministros declaró inadmisible la presentación.

Si ocurriera la misma situación, Quesille podría recurrir a lo establecido en el “auto acordado sobre la tramitación y fallo del  recurso de protección” y apelar a la Corte Suprema.

Esta última, luego de valorar los antecedentes, podría confirmar la resolución o bien ordenar al tribunal inferior, darle tramitación al libelo.

El defensor

En el recurso de protección que se tramita en la Corte de Apelaciones de Antofagasta, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) asumió el patrocinio de la Contraloría, cuestión que podría repetirse en todas las cortes de Chile donde se ingresaron presentaciones para hacer control constitucional sobre la decisión de Pérez.

Puede ocurrir que -atendida la  investidura de la contralora- sea el abogado procurador fiscal del CDE quien alegue en estrados. En este caso, sería Alfredo Larreta Granger, un profesional de larga trayectoria en el organismo.

En cualquier situación, si los tribunales de alzada acogen o rechazan los recursos, el caso llegará a la Corte Suprema, ya sea por el CDE o bien por los abogados patrocinantes de quienes se sienten afectados, respectivamente.

De esta manera, en Santiago, el CDE podría enviar a un abogado para enfrentar los alegatos, pero al tratarse de la contralora, surge la probabilidad de que sea uno de los 12 consejeros.

En suma, lo que pudo ser una petición más de la Contraloría, llegará a ser revisada por el Tercer Poder del Estado.

Para ver hacia dónde se inclina la balanza de la justicia, solo resta esperar.

Los argumentos de Contraloría

Tal como lo informó Informe Especial el pasado 11 de febrero, la Contraloría General de la República emitió un comunicado de prensa indicando su respuesta a un recurso de protección iniciado en la Corte de Antofagasta que reclama contra la petición de datos sensibles al Minsal.

En el documento  señala que "la Contraloría General —de acuerdo con la Constitución Política de la República de Chile y su ley orgánica— cuenta con atribuciones expresas para requerir a los servicios públicos toda la información necesaria para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras, incluidos datos personales y sensibles, cuando estos resultan técnicamente indispensables para realizar auditorías y exámenes de cuentas"

Y defiene: "el uso de información individualizada para la ejecución de la auditoría es absolutamente necesaria, ya que exige una revisión caso a caso para validar la efectiva entrega de prestaciones y la correcta rendición de los recursos asociados, lo que no puede realizarse únicamente con información estadística, agregada o anonimizada". 

Asimismo sostiene que "para la ejecución de sus funciones la Contraloría cuenta con sistemas informáticos, protocolos y controles reforzados de seguridad, con accesos restringidos y perfiles diferenciados, destinados a resguardar la confidencialidad de la información, especialmente aquella de carácter sensible. El manejo indebido o la divulgación no autorizada de estos datos constituye una infracción grave, sancionada administrativa, civil y penalmente". 

Por último se indica que no es primera vez que el ente realiza fiscalizaciones que involucran el uso de datos sensibles. Ejemplo de ello es el Informe Final N°426/2015, referido a los procesos de trasplante y procuramiento de órganos en el Hospital Dr. Luis Calvo Mackenna; y el Informe Final N°795/2023, que auditó los procesos y controles de la Dirección Regional del Maule del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, en el marco de la ejecución de los programas de diagnóstico ambulatorio y de reparación en casos de maltrato y abuso sexual grave.

Pero los distintos recurrentes reclaman que sus derechos constitucionales están siendo conculcados. Se espera que las distintas cortes resuelvan -para un lado u otro- los recursos. Mientras, en Valparaíso se acogieron las órdenes de no innovar que paralizan la petición de datos y sugieren que las autoridades aludidas en este caso- la Ministra de Salud- no podrá ser multada o suspendida si se niega a entregar la información requerida - entre otros motivos legales - invocando el bien superior de los menores de edad.