El Segundo Tribunal de Familia de Santiago resolvió enviar al registro de deudores de pensión alimenticia (más conocido como “papito corazón”) a un juez del Séptimo Juzgado de Garantía. Todo por una deuda que superaría los $17 millones a favor de su hijo.
La decisión consta en la causa por alimentos y —en paralelo— en un recurso de protección interpuesto por el magistrado en la Corte de Santiago, a los que accedió Informe Especial.
Patrocinado por la abogada Romina Tapia, el juez esgrime que su colega de familia incurrió en un error al calcular la deuda y —a su juicio— sus derechos constitucionales se han visto agraviados.
Luego de analizar los antecedentes, la Primera Sala del tribunal alzada capitalino, integrada por los ministros Guillermo de la Barra, Fernando Valderrama (s) y el abogado integrante Luis Hernández, resolvió declarar “inadmisible” la presentación el pasado 4 de junio.
“Que los hechos descritos en la presentación (...) atañen a un procedimiento (que) ha sido de conocimiento ante el Segundo Juzgado de Familia de Santiago, de manera que el asunto está sometido al imperio del derecho, existiendo autoridad competente ante el cual se podrán hacer las alegaciones y peticiones pertinentes (...)”, detalla el dictamen judicial.
A la Suprema
En los hechos, la decisión de la judicatura de familia de integrar al magistrado al registro “papito corazón” debiera quedar confirmada. Sin embargo, el juez tiene una última chance: recurrir a la Corte Suprema.
El máximo tribunal, una vez revisados los argumentos, podría confirmar la decisión de la Corte de Santiago, o bien ordenar que el recurso de protección sea tramitado y se resuelva el “fondo del asunto”.
Lo anterior, no necesariamente permitiría al juez de garantía obtener un fallo a favor, porque bien podría operar el mismo criterio de rechazo a la presentación.
Este medio se reserva la identidad del juez aludido y la demandante, atendida la protección de los derechos del menor de edad involucrado.
Los billones
La Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos entró en vigencia en mayo de 2023, luego de una larga tramitación legislativa.
Básicamente, el cuerpo legal busca garantizar el pago de pensión alimentaria y a los tribunales de familia retener fondos de AFP, cuentas bancarias o cualquier otro activo financiero con tal de que los infractores cumplan sus obligaciones.
El registro mencionado es administrado actualmente por el Registro Civil y opera desde fines de 2022 cuando la ley entró en vigencia.
De acuerdo a la información del Ministerio de la Mujer, a mayo de 2025 los tribunales de familia han ordenado el pago por un monto cercano a los 2 billones y medio de pesos.
Las mismas cifras indican que más de 400 mil familias se han visto beneficiadas con la medida, tanto con el acceso judicial a los activos financieros, como también a los dineros acumulados en la AFP.