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5 motivos por los que podrías perder tu subsidio habitacional

Una mujer en Arenas deberá devolver $26 millones de un subsidio habitacional tras incumplir las exigencias del Serviu. Te contamos los motivos por los que podrías perder este aporte económico.

24horas.cl

Razones por las que podrías perder un subsidio habitacional

Jueves 30 de noviembre de 2023

A raíz del caso de una mujer perdió el subsidio de su casa en Punta Arenas por incumplir con la normativa establecida por el Servicio de Vivienda y Uranismo (Serviu), te traemos los motivos por los cuales tú podrías sufrir el mismo destino.

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¿Qué es un subsidio habitacional?

Un subsidio habitacional es un aporte que realiza el Estado para ayudarte a financiar la compra de una casa o departamento, ya sea nueva o usada.

Para poder obtener uno de los varios subsidios que existen deberás estar dentro de un tramo específico del Registro Social de Hogares, tener un monto mínimo de dinero ahorrado, y cumplir una serie de requisitos específicos de cada uno de ellos.

Casa subsidio habitacional

Es importante saber además que, en caso de que desees postular, existirá un plazo límite durante el año para ir avanzando en las etapas en las que se encuentre la selección de los beneficiados.

Además, una vez obtenido el beneficio, también deberás cumplir con una serie de exigencias que contemplan las condiciones del subsidio habitacional.

¿Qué tipos de subsidio habitacional existen?

El Estado, a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, entrega una serie de subsidios para comprar, arrendar o construir una casa, entre los que se encuentran:

  • Subsidio DS1 para Clase Media: Permite la compra o construcción de viviendas entre los 1.100 y 2.600 UF, dividiéndose en tres tramos, en los que deberás tener un ahorro mínimo que vaya entre las 30 y las 80 UF.
  • Subsidio DS49: Está dirigido a las familias que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, entregándose un subsidio base de 314 UF en una vivienda que valorada hasta en 950 UF. El ahorro mínimo es de 10 UF para postular.
  • Subsidio DS19: El "Programa de Integración Social y Territorial", busca que las personas seleccionadas en los subsidios DS1 o DS49 puedan comprar en una propiedad económica en una zona bien ubicada. Sin subsidio se puede postular a propiedades de hasta 2.200 UF.

¿Por qué puedo perder mi subsidio habitacional?

A continuación, te contamos alguno de los motivos por lo que podrías perder tu subsidio habitacional según el reglamento de Sistema Integrado de Subsidio Habitacional:

Arrendarla o venderla antes de cumplir cinco años en ella

Al igual que el caso de Punta Arenas, que el beneficiado o beneficiada venda o arriende a un tercero el inmueble adquirido con el beneficio en un plazo igual o inferior a cinco años sin autorización escrita del Serviu estará prohibido. El organismo exigirá la restitución de los dineros recibidos como subsidio, e impedirá que pueda postular a futuros beneficios habitacionales.

El postulante y su familia no vivieron en la casa

El beneficiado deberá habitar el inmueble al que postuló por el subsidio habitacional, junto con su núcleo familiar declarado al momento de la postulación, por un plazo de a lo menos cinco años desde la entrega material del domicilio.

Entrega de casa

No hacer uso del subsidio en plazo establecido

Si el beneficiado no hace efectivo el subsidio habitacional en un plazo de 21 meses, este quedará fuera de plazo y no podrá ejecutarse el beneficio.

Venta hacia familiares directos

Los subsidios habitacionales no podrán aplicarse en el pago por una vivienda usada que se pretenda adquirir por consanguinidad o afinidad, en línea recta hasta el segundo grado inclusive y en línea colateral hasta el cuarto grado. El artículo 35° del reglamento lo explica así:

Sí el o la cónyuge tiene subsidio habitacional

El reglamento también es claro en afirmar que "no tendrán derecho a cobrar el subsidio las personas que, habiendo tenido derechos en comunidad sobre una vivienda al postular al subsidio, o habiéndolos tenido su cónyuge, no acreditaren mediante una escritura pública inscrita, que han hecho cesión de sus derechos en esa comunidad, salvo que el subsidio aplique a la adquisición de derechos hereditarios en una vivienda en la que el beneficiario o su cónyuge sean comuneros".