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Ventas por Instagram, Marketplace o WhatsApp: vence plazo para que bancos reporten cuentas con 50 o más transferencias

Con el primer reporte semestral a días de vencer, expertos llaman a entender cuándo existe un riesgo tributario real.

24horas.cl

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Martes 14 de julio de 2026

En Chile, las transferencias bancarias se han consolidado como uno de los principales medios de pago para emprendedores, pequeños negocios y trabajadores independientes. Sin embargo, muchas personas desconocen que, desde enero de 2026, los bancos deben reportar al Servicio de Impuestos Internos (SII) determinadas cuentas a través de la Declaración Jurada N° 1959. El plazo para informar los movimientos del primer semestre vence el próximo 31 de julio.

Lejos de tratarse de una fiscalización masiva, la medida busca detectar actividades comerciales que operan de manera informal, sin declarar ingresos ni cumplir con sus obligaciones tributarias.

"Es importante entender que el reporte no se activa por el monto de las transferencias, sino por la cantidad de operaciones recibidas. Los bancos deben informar al SII cuando una cuenta recibe 50 o más transferencias de distintos RUT en un mismo mes, o 100 o más transferencias de distintos RUT durante un semestre. En el caso del primer semestre de 2026, el plazo que tienen las instituciones financieras para realizar ese reporte vence a finales de este mes", explica Carlos San Martín, Gerente Tributario de Auditeris.

¿A quién le afecta realmente?

El SII ha sido claro en señalar que no son objeto de fiscalización los ingresos solidarios entre conocidos, rifas familiares, cuotas de actividades puntuales o fondos comunitarios que involucren montos acotados. El foco está puesto en quienes utilizan sus cuentas personales para recibir pagos de clientes sin declarar esos ingresos.

El perfil de riesgo concreto son los negocios informales que operan a través de transferencias -emprendimientos en redes sociales, prestadores de servicios independientes y pequeños comerciantes-, especialmente si no tienen Inicio de Actividades en el SII y no emiten boletas ni facturas por lo que venden.

"La DJ 1959 no es nueva: se aplica por el SII desde 2025 y los bancos ya están operando con este protocolo. Lo que cambia ahora es que vence el primer plazo de reporte semestral, lo que convierte julio en un momento de alto riesgo para quienes no han ordenado su situación tributaria. El cruce de información que hace el SII hoy es mucho más sofisticado que hace cinco años: si recibes transferencias por ventas y no las declaras, la probabilidad de ser observado es real”, menciona San Martín.

Qué hacer antes del 31 de julio

Para quienes se identifican con el perfil de riesgo, el experto señala:

  • Revisar si el banco ya generó el reporte: es posible consultarlo directamente en la plataforma del SII ingresando con RUT y clave.
  • Verificar si los depósitos o transferencias recibidas corresponden a ingresos comerciales que debieron haberse declarado.
  • Si hay actividad comercial sin Inicio de Actividades en el SII, iniciar el proceso de formalización antes de que llegue una notificación.
  • Regularizar declaraciones atrasadas de IVA o renta si corresponde, ya que rectificar proactivamente tiene un tratamiento más favorable que hacerlo tras una fiscalización.

Más información, más fiscalización

La DJ 1959 es parte de un conjunto de medidas de la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, promulgada en 2024, que amplió significativamente el acceso del SII a información financiera de los contribuyentes. En un contexto donde la informalidad laboral alcanzó el 27% según el INE en el trimestre marzo-mayo de 2026, el organismo fiscalizador ha reforzado sus mecanismos de cruce de datos para reducir la brecha entre los ingresos que se generan en el país y los que efectivamente se declaran.

Para las empresas medianas y grandes, la implicancia es distinta: deben asegurarse de que sus flujos de caja y conciliaciones bancarias estén en orden, ya que cualquier inconsistencia entre los datos reportados por el banco y lo declarado ante el SII puede derivar en una auditoría.