El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago resolvió absolver al exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo del delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas, en el juicio por el caso que afectó al diputado electo Gustavo Gatica, quien perdió la visión tras recibir impactos de balines en noviembre de 2019, en el contexto del estallido social.
Durante la audiencia, la jueza Cristina Cabello expuso los argumentos de la decisión, exponiendo que, por ejemplo, tras analizar las pruebas aportadas tanto por la parte querellante como por la defensa, quedó acreditado que la maniobra policial no fue un acto arbitrario ni individual, sino una acción ordenada directamente por el jefe del operativo en respuesta a un escenario de alta violencia.
En esta línea, se acreditó que Crespo disparó, pero que la acción se enmarcó en una legítima defensa. Esto, porque existía un riesgo inminente y potencialmente letal para el personal policial, luego de ataques con bombas molotov y otros elementos incendiarios.
Asimismo, el tribunal consideró que la falta de advertencias previas no era exigible dadas las condiciones de una multitud violenta que llevaba horas enfrentándose a Carabineros.
Además, se tuvo en cuenta la indisponibilidad momentánea de otros medios disuasivos, como carros lanzaaguas, lo que convirtió al avance de infantería con armas menos letales en la única alternativa eficaz para recuperar, aunque de forma temporal, el control del sector y resguardar la seguridad del personal policial.
"La prueba audiovisual estableció de manera objetiva que al momento de los hechos existía una agresión masiva, organizada y potencialmente letal, materializada mediante el lanzamiento permanente de piedras de hueso de grueso calibre, bombas molotov, fuegos artificiales y el uso de estructuras metálicas robadas como parapetos móviles para avanzar y atacar", leyó la jueza.
Y agregó que "particularmente grave resultó el ataque con bombas molotov que a las 18:03 horas alcanzó el cabo Peña Jorquera, prendiéndole fuego a su uniforme; seguido por otros dos lanzamientos sucesivos de elementos incendiarios a las 18:05 y 18:06".
Sobre Gustavo Gatica, indicó que el video exhibido en el juicio "lo muestra lanzando objetos contundentes hacia los funcionarios momentos previos a su lesión, y el video 812 acredita que al momento de resultar herido, portaba una piedra en su mano derecha que razonablemente estaba destinada a ser arrojada. Estas agresiones constituían objetivamente agresiones activas potencialmente letales".
Con estos antecedentes, el tribunal concluyó que la actuación del imputado se encontraba amparada por la normativa interna de Carabineros y los principios legales del uso de la fuerza, determinando que no se configuró el delito de apremios ilegítimos imputado.