Durante la presente jornada, la Contraloría de la República dio a conocer el Consolidado de Información Circularizada (CIC) N° 19 en el que se revelaron las instituciones públicas que incumplieron la normativa de inhabilitación para cargos que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
La entidad anunció que durante el presente año, 35 personas ejercen, o ejercieron, funciones en municipios que contaban con prohibición absoluta para trabajar con menores de edad.
Ahora bien, durante el período entre 2020 y agosto de 2025 se detectaron 164 casos de personas inhabilitadas que aparecen como contratadas para ejercer funciones públicas, con contacto directo y habitual con menores distribuidas en 72 entidades.
En la mayoría de los casos los cargos estaban vinculados al ámbito escolar: profesor, asistente de la educación, auxiliar de aseo.
34 entidades incumplieron la normativa en 2025:
- Municipalidad de El Bosque
- Municipalidad de Puyehue
- Municipalidad de Constitución
- Servicio Local de Educación Pública Maule Costa
- Corporación Cultural de La Municipalidad de Pichidegua
- Municipalidad de Nancagua
- Municipalidad de Quinta de Tilcoco
- Corp. Municipal de Educación, Salud, Cultura y Recreación de La Florida
- Municipalidad de Valdivia
- Servicio Local de Educación Pública Valdivia
- Corp. Municipal de Desarrollo Social de Ñuñoa
- Municipalidad de Los Andes
- Municipalidad de Tomé
- Municipalidad de Puerto Montt
- Municipalidad de San Pedro de La Paz
- Servicio Local de Educación Pública de Atacama
- Municipalidad de El Monte
- Municipalidad de San Pedro de Atacama
- Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía
- Municipalidad de Vichuquén
- Municipalidad de Concepción
- Municipalidad de La Pintana
- Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía
- Municipalidad de Lago Ranco
- Corporación Municipal de Deportes de La Pintana
- Municipalidad de San Javier
- Hospital Regional Libertador Bernardo O’Higgins
- Municipalidad de Illapel
- Municipalidad de Mariquina
- Municipalidad de Lumaco
- Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota
- Municipalidad de Peralillo
- Hospital Clínico Metropolitano El Carmen
- Corporación Municipal San Miguel
De acuerdo a lo señalado por la Contraloría, y según el artículo 6 bis, toda institución que requiera contratar o designar a una persona para algún empleo, cargo, oficio o profesión que involucre una relación directa y habitual con menores, deberá, antes de efectuar dicha contratación o designación, solicitar la información relativa a si la persona se encuentra afecta a alguna de las inhabilitaciones de los artículos 39 bis y 39 ter del Código Penal, referidas a la inhabilitación absoluta, perpetua o temporal para desempeñar funciones que impliquen relación directa y habitual con menores.