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Expulsiones de extranjeros: Qué dicen los proyectos de ley que propone el Gobierno

Son dos las iniciativas del Ejecutivo ingresadas esta semana para su discusión en el Congreso. La primera modifica las maneras de notificar una expulsión, mientras que la segunda pretende optar por la expulsión del país de aquellos condenados por la ley de drogas. Conoce el detalle.

24horas.cl

Viernes 14 de octubre de 2022

En su visita por la Región de Antofagasta el Presidente Gabriel Boric dio algunos detalles de dos iniciativas que se ingresaron esta semana al Congreso y que buscan modificar puntos claves que afectan en la crisis migratoria y el crimen organizado que sufre el país. 

Mediante entrevista con Radio Sol de Antofagasta, el Mandatario mencionó las iniciativas que pretende regularizar la notificación de expulsiones por un lado, y por otro expulsar a condenados por ley de drogas.

"Vamos a ser unos perros en la persecución de la delincuencia", enfatizó Boric. 

Notificación de expulsiones

El 11 de octubre pasado el Gobierno ingresó al Congreso proyecto para modificar la ley N°21.325 de Migración y Extranjería, cuyo objetivo es “agregar formas alternativas de notificación del inicio de los procedimientos administrativos de expulsión”.

¿Cómo funciona actualmente?

Para iniciar un proceso de expulsión respecto de una persona migrantes se le debe notificar personalmente por intermedio de la Policía, solo de esta manera se inicia el procedimiento de expulsión.

Una vez realizado el aviso, hay un plazo de 10 días para que el afectado haga sus descargos. Luego, el Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones deberá analizar la solicitud de expulsión, revisando las circunstancias previstas en la ley, entre las que se encuentran los antecedentes delictuales que podría tener el extranjero o la reiteración de infracciones migratorias.

Si así lo considera el director nacional, se dictará la medida de expulsión, tras lo cual la PDI debe notificar nuevamente a la persona migrante, y comunicar sus derechos y obligaciones, y, especialmente, sobre los recursos judiciales que tiene para impugnar la orden de expulsión.

Todo lo anterior pasa si al momento de iniciarse el procedimiento de expulsión el afectado puede ser notificado, pero el problema está que quienes están de manera irregular en el país no tienen domicilio dónde ser notificado, por lo que el proceso nunca comienza.

Desde que entró en vigencia de la ley se han remitido 1.161 oficios a la Policía de Investigaciones de Chile para notificar personalmente el inicio de procedimientos de expulsión. Sin embargo, solo en un 39% de los casos se ha logrado realizar las notificaciones personales. 

Aquello "es una cuestión jurídica que es importante del resguardo del debido proceso, pero que se ha transformado en un vacío legal que termina inhabilitando la facultad del Estado de expulsar a quinenes cometen delitos”, dijo al respecto el Presidente Boric en entrevista con Radio Sol de Antofagasta.

¿Qué se propone?

La modificación que presenta el proyecto de ley del Ejecutivo pretende incorporar dos nuevas formas de notificación al inicio del proceso administrativo de expulsión:

  • La notificación por carta
  • La notificación por correo electrónico

“Dicha incorporación garantiza plenamente el debido proceso toda vez que, la persona extranjera siempre será notificada del inicio del procedimiento y de los derechos y obligaciones que le asisten, a la vez que pone en línea a este procedimiento administrativo con los principios de eficiencia y eficacia de la administración pública y los nuevos medios de comunicación disponibles”, argumenta el proyecto.

La misiva certificada sería enviada al último domicilio registrado en el Servicio o en la PDI, salvo que la persona haya registrado y autorizado un correo electrónico.

Revisa la iniciativa completa aquí

Condenados por ley de drogas

El mismo martes pasado el Presidente ingresó otro proyecto de ley para agilizar la expulsión de aquellos extranjeros que están condenados por infringir la ley de drogas. A modo de argumento, el documento señala que “6 de cada 10 personas extranjeras recluidas se encuentran por delitos de la ley N° 20.000”.

¿Cómo funciona ahora?

Actualmente una persona migrante que cometió un delito por drogas y es encarcelada en nuestro país, por ley no se le puede dar una pena sustitutiva de expulsión; es decir a cambio de estar cumpliendo su condena en la cárcel chilena, puede ser expulsado del territorio nacional.

Una vez que el extranjero ha cumplido su condena, de igual manera la mayoría es expulsado por la vía administrativa.

¿Qué se propone?

El Gobierno pretende modificar la N°18.216, “para incluir la opción de solicitar por parte del condenado la expulsión como pena sustitutiva en la figura de la denominada “pena mixta”, regulada en el artículo 33 de la mencionada ley”.

El documento señala que “actualmente, la “pena mixta” permite, para aquellos condenados a penas de hasta cinco años y un día, disponer la interrupción de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, reemplazándola por el régimen de libertad vigilada intensiva, en la medida en que se cumplan determinados requisitos”.

Dado lo anterior la modificación de la ley propone reemplazar la pena privativa de libertad originalmente impuesta, por la de expulsión, aplicando los mismos requisitos que se plantean actualmente para la “pena mixta”.

Revisa el detalle de la iniciativa aquí