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Fallo ordena devolver dinero que perdió afiliada de AFP: otra mujer engañó a la aseguradora y sacó ahorros

Según detalló el Poder Judicial, Provida SA deberá restituir la suma de $4.676.209, asimismo se estableció la responsabilidad de la AFP por incumplimiento de contrato. 

24horas.cl

Jueves 25 de abril de 2024

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que acogió la demanda de una afiliada a Provida que "perdió" sus ahorros previsionales luego de que la AFP se los entregara a una tercera persona. El fallo ordenó a la administradora de pensiones a restituir el total sustraído.

Según detalló el Poder Judicial, Provida SA deberá restituir la suma de $4.676.209, asimismo se estableció la responsabilidad de la AFP por incumplimiento de contrato. 

Asimismo, el fallo sostiene que, "la demandada es una AFP, empresa altamente especializada y de giro único de administración de fondos previsionales".

¿Cómo la mujer perdió sus ahorros previsionales?

La afiliada reside en Miami, Estados Unidos y la AFP recibió "el supuesto mandato verdaderamente protocolizado en una notaría de Santiago" realizado por otra mujer de nacionalidad cubana con el fin de retirar los fondos de su víctima.

Agregaron que la solicitud fue realizada "debidamente firmado con sus timbres, estampillas, aranceles y legalizaciones correspondientes a pesar de que nada de lo afirmado por ese notario era real".

Detallaron que "había una discordancia evidente entre el monto de la renta imponible al mes de diciembre de 2000, que en los registros de la AFP ascendía a $187.500 con una cotización de $18.750 y el sueldo base señalado en el supuesto contrato de trabajo acompañado por Lidia Redonet Camejo, en el que se indicaba que el sueldo base era de $230.000".

Ante esto, “esta discordancia debió haber llamado a la demandada a indagar acerca de la veracidad del supuesto mandato acompañado”, explica el fallo.

Explicaron además que de haber indagado, "habría descubierto los muchos errores en la falsificación del trámite" por parte de la mujer.  Sin embargo, no lo hizo, "al omitir esa conducta esperada faltó a la diligencia que le correspondía en tanto administradora y depositaria de los ahorros previsionales de la demandante”.