Click acá para ir directamente al contenido

Adiós a la mascarilla: ¿qué cambia con el fin de la alerta sanitaria?

A raíz del positivo escenario sanitario, el Ministerio de Salud decidió no renovar la medida decretada en febrero de 2020 y vigente por 1.301 días.

24horas.cl

Jueves 31 de agosto de 2023

A partir del 1 de septiembre , Chile dejará de estar bajo alerta sanitaria por el COVID-19 en el marco de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional anunciada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La medida fue anunciada por el ministro de Salud de este entonces, Jaime Mañalich. "Ya firmamos la alerta sanitaria correspondiente a nuevo Coronavirus. Ayer el contralor tuvo la gentileza de validarlo, se publica mañana en el Diario Oficial y con ello entra en vigencia para todo el territorio nacional", indicó el la autoridad.

En total, fueron 1.301 días en que los chilenos y chilenas debieron regirse por una serie de medidas y reglas, entre ellas, el uso obligatorio de la mascarilla -que actualmente aplica sólo en recintos de salud y establecimientos eduacionales- y que desde este 1 de septiembre llegan a su fin. 

"Entonces, hoy día todo apunta a que efectivamente el 31 de agosto finaliza la alerta sanitaria", sostuvo la semana pasada la subsecretaria de Salud Pública, Andrea Albagli, en conversación con radio ADN.

¿Qué implica el fin de la alerta sanitaria?

Concretamente, la alerta sanitaria otorgaba facultades a las autoridades para ejecutar una rápida provisión de recursos y la toma de las medidas extraordinarias que eran consideradas necesarias para enfrentar la crisis.

En un principio, la alerta fue fijada hasta marzo de 2020, sin embargo, ante el aumento de los casos de COVID-19 y debido a la saturación de los servicios de salud, la alerta se extendió vía decreto y estuvo vigente hasta el 31 de agosto de 2023. 

De esta forma, desde su aplicación, fue ordenado el uso obligatorio de la mascarilla y se habilitó el teletrabajo como derecho en el sector público y privado. Dicha modalidad de trabajo solo procedía en el caso "que la naturaleza de las funciones de los trabajadores lo permita y no se pueden disminuir las remuneraciones respectivas".

De igual manera, los trabajadores tenían derecho a teletrabajo o trabajo a distancia, quienes tuvieran a su cuidado a un menor de 18 años, cuidado de una persona adulta mayor (60 años o más) o bajo su cuidado a peresonas en situación de discapacidad (acreditada con certificado, credencial o inscripción de discapacidad).

Otras medidas de protección a los trabajadores que estaban vigente con la alerta sanitaria era tener acceso a un permiso cuando la salud de un niño menor de un año requería de atención en el hogar con motivo de enfermedad grave, circunstancia acreditada mediante certificado médico. En este escenario, la madre trabajadora tenía derecho a permiso y el pago de subsidio por el periodo que se determine.

Para las mujeres embarazadas, el empleador debía ofrecer la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia. Por último, otra de las facultades que otorgaba la alerta sanitaria era la opción de contratar a personal no especializado e incluso estudiantes para combatir la emergencia. 

La actual ministra de Salud, Ximena Aguilera, explicó este martes que a nivel de servicios de salud, se llegaron a contratar a honorarios 32 mil profesionales no médicos y técnicos en tiempos de pandemia, los que apoyaban –mayoritariamente- las urgencias y UCI respiratorias de los hospitales. 

“A la fecha, contamos con 12 mil personas –que representa un desembolso de 140 mil millones de pesos-, de los cuales pediremos que sean reasignados 6.070 porque no pueden suspenderse sus funciones, los otros 6 mil deberán desvincularse”, explicó la autoridad ante el término de la alerta. 

De esta forma, a partir de este 1 de septiembre el uso de la mascarilla será sólo una recomendación. En cuanto al teletrabajo, dependerá de cada empleador o empresa.