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Videos íntimos de Camila Flores: las penas y multas que arriesga quien filtró el material

La senadora acusó públicamente a su exesposo, Percy Marín, de difundir fotografías privadas obtenidas desde cámaras de seguridad instaladas en su domicilio.

24horas.cl

Martes 9 de junio de 2026

La denuncia realizada por la senadora Camila Flores por la presunta difusión de imágenes íntimas sin su consentimiento volvió a poner en el debate público las sanciones establecidas en la Ley N.º 21.675, conocida como Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

La normativa, vigente desde junio de 2024, incorporó la violencia digital como una forma de violencia de género y estableció penas específicas para quienes registren o divulguen contenido íntimo sin autorización.

La controversia surgió luego de que la parlamentaria acusara públicamente a su exesposo, Percy Marín, de difundir fotografías privadas obtenidas desde cámaras de seguridad instaladas en su domicilio. Flores afirmó que los hechos ya fueron denunciados ante la justicia y pidió que sean investigados con el máximo rigor.

Penas y multas

De acuerdo con la legislación vigente, quien registre, capture o grabe imágenes, videos o material de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona afectada arriesga penas de presidio menor en cualquiera de sus grados, que van desde 61 días hasta cinco años de cárcel. Además, se contemplan multas que pueden fluctuar entre 10 y 500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), entre unos 715.000 a 35.000.000  pesos apróximadamente.

La ley establece sanciones más severas cuando la misma persona que obtuvo el material privado lo exhibe, difunde, comparte o publica. En estos casos, la pena corresponde a presidio menor en su grado máximo, es decir, desde tres años y un día hasta cinco años de cárcel, junto con multas que van desde 100 a 500 UTM, entre 7.150.000 a 35.000.000  pesos apróximadamente.

Tras conocerse la denuncia, diversas autoridades manifestaron su respaldo a la parlamentaria. Entre ellas, la exministra de la Mujer, Antonia Orellana, quien recordó a través de redes sociales que la difusión no consentida de imágenes íntimas constituye un delito sancionado por la Ley 21.675 y llamó a utilizar las herramientas legales disponibles para enfrentar este tipo de violencia digital.