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Presidentes de la Cámara y el Senado rebaten a ministra Tohá por veto: "Toda usurpación es de naturaleza violenta"

Coloma declaró que "objetivamente, el Gobierno ha tomado una mala decisión, porque ha desnaturalizado la ley, una de las más importantes en materia de seguridad"-.

24horas.cl

ATON

Domingo 1 de octubre de 2023

Los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, Juan Antonio Coloma y Ricardo Cifuentes, rebatieron los dichos de la ministra del Interior, Carolina Tohá, sobre las "usurpaciones pacíficas", en el marco del veto ingresado el viernes por la denominada Ley de Usurpaciones.

Según consigna este domingo el diario El Mercurio, al presentar el veto a la ley para impugnar la legítima defensa de los dueños, la ministra aludió a los casos de usurpación pacífica, "donde no hay violencia e intimidación a las personas y tampoco hay violencia en las cosas".


Además, el veto propuso un catálogo escalonado de penas, dejando al juez la opción de una multa o 61 días de cárcel en los casos de usurpaciones no violentas.

En este sentido, Coloma declaró que "objetivamente, el Gobierno ha tomado una mala decisión, porque ha desnaturalizado la ley, una de las más importantes en materia de seguridad, y la esencia de lo que plantea es que no toda usurpación es violenta y, por tanto, tendría solo sanción de multa y eso, obviamente, es una forma de debilitar la defensa del Estado de Derecho. Toda usurpación es de naturaleza violenta".



Por su parte, Cifuentes, consideró que "una toma es violenta solo por el hecho de ser tomada, no hay que necesariamente violentar los bienes materiales, pero tomarse un terreno que no es de mi propiedad ya es un acto violento" y que es "un tema tremendamente complicado. Vamos a tener un gran debate".

En cuanto a las penas, el veto propone que para imponer la pena mayor, el tribunal debe considerar ciertas circunstancias, como condenas previas por el mismo delito o acciones destinadas a eludir la justicia. Por otro lado, se contempla la pena menor cuando el imputado actuó por necesidad habitacional y cuando se ha restituido el inmueble voluntariamente.

Los ejes del veto a la Ley de Usurpaciones presentado por el Gobierno

AUTOTUTELA O LEGÍTIMA DEFENSA PRIVILEGIADA

Sobre el primer aspecto, explicó que "en el caso de la usurpación, hace valer las reglas generales sobre legítima defensa y sobre detención ciudadana. Entonces, se saca todo este régimen especial que se había creado acá, que fomentaba la autotutela y que permitía que las personas pudieran por sus propias manos, con armas, con terceros y en cualquier momento, ir a hacer reivindicación de su bien".

"Se hizo salvaguardando que el delito se mantenga como un delito permanente y que, en todo momento, puedan actuar las policías. Entonces, no va a haber esta autotutela, pero sí va a haber la posibilidad de acción de las policías en cualquier momento. Eso, hoy día, no existe", agregó.

GRADUACIÓN DE LAS PENAS

Respecto del segundo punto, Tohá detalló que "se hace una modificación de las penas que estaban previstas para hacerlas graduales. Respecto de la usurpación que se hace con violencia e intimidación, se deja la pena que propuso el Parlamento tal como estaba, que es un presidio menor en su grado medio a máximo. Esa es la pena que propuso el Parlamento y no se toca".

"Lo que se hace es separar la situación en que en la usurpación no hay violencia e intimidación en las personas, pero sí hay daño en las cosas. Ahí se establece igual pena de cárcel, pero en un grado inferior. Entonces, queda presidio menor en su grado medio. Y en el caso de la usurpación pacífica, donde no hay violencia e intimidación a las personas y tampoco hay violencia en las cosas, (...) lo que se establece es que el juez va a definir si hay pena de cárcel, que en este caso sería presidio menor en su grado mínimo, o hay multa", sumó.

RESTITUCIÓN DE LOS BIENES

Asimismo, la titular de Interior expuso que "la tercera observación es una cosa bien puntual y es que hay instrumentos por los cuales los propietarios pueden pedir que le restituyan el bien cuando está judicializado el caso. El que estableció la ley se llama tercería. De aquí se agregó otro más, es otra modalidad para pedir la restitución que se llama restitución anticipada. Es simplemente una modalidad por la cual se pide que se entregue para disponer del bien cuando hay un proceso judicial en curso".

En tanto, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, aseguró que "nosotros esperamos que exista voluntad para aprobar este veto porque creemos que corrige los aspectos más complejos de lo aprobado, particularmente el tema de la violencia ejercida por particulares para resolver conflictos jurídicos, algo que va en contra de las bases de nuestro ordenamiento jurídico y particularmente nuestro sistema penal".