El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales cuatro disposiciones contenidas en el proyecto de ley "Escuelas Protegidas", iniciativa impulsada por el Gobierno y aprobada previamente por el Congreso para reforzar la seguridad en los establecimientos educacionales.
De acuerdo con el comunicado del organismo, el fallo eliminó algunas de las medidas más relevantes del proyecto, entre ellas la posibilidad de que las policías revisaran pertenencias de estudiantes sin autorización previa del Ministerio Público y la pérdida de la gratuidad universitaria para ciertos condenados por delitos cometidos en contextos escolares.
Aviso a las policías por negativa a revisión
El TC objetó una parte del artículo 1 del proyecto que regulaba las revisiones de mochilas y pertenencias al interior de los establecimientos.
La norma establecía que, si un estudiante se negaba a una revisión y su apoderado tampoco acudía al colegio tras ser citado, el establecimiento debía informar el hecho a Carabineros o a la Policía de Investigaciones (PDI).
El tribunal declaró inconstitucional este mecanismo de denuncia obligatoria.

Revisión policial de mochilas y vestimentas
Uno de los puntos más controvertidos del proyecto fue rechazado en su totalidad.
El artículo 2 facultaba a Carabineros y a la PDI para registrar vestimentas, mochilas y otras pertenencias de estudiantes dentro de los establecimientos cuando existieran antecedentes que hicieran presumir la comisión o preparación de un delito.
La disposición permitía realizar estas diligencias sin una orden previa del Ministerio Público, atribución que el TC consideró inconstitucional.
Prohibición de ropa alusiva a drogas y sanciones por tomas
El fallo también afectó parcialmente modificaciones a la Ley de Subvenciones incluidas en el artículo 5.
Entre las disposiciones rechazadas figura la prohibición de utilizar vestimentas o accesorios que hicieran referencia a drogas, violencia o conductas delictivas.
Asimismo, el TC impidió que las tomas, paros o protestas estudiantiles que interrumpan las clases fueran calificadas automáticamente por ley como una "afectación grave a la convivencia escolar".

Sin bloqueo en el Sistema de Admisión Escolar
Otra medida descartada por el TC buscaba restringir la matrícula o quitar la prioridad en el Sistema de Admisión Escolar (SAE) a aquellos estudiantes que hubiesen sido expulsados por problemas de convivencia.
Con el fallo del Tribunal, se mantuvo el derecho de estos alumnos a continuar sus estudios en otro establecimiento.
Se mantiene la gratuidad para estudiantes condenados
El artículo 6 también fue declarado inconstitucional en su totalidad.
La norma establecía que estudiantes condenados por determinados delitos perderían o no podrían acceder al beneficio de gratuidad en la educación superior durante un período de cinco años.
La medida estaba dirigida a condenas por delitos contra las personas —como aquellos que afectan la vida, la integridad física o la indemnidad sexual— y delitos contra la propiedad, siempre que hubieran sido cometidos dentro de establecimientos educacionales, instituciones de educación superior o en sus inmediaciones.
Con la decisión del TC, esa sanción no podrá formar parte de la futura ley.

Gobierno insistirá en sus iniciativas
El fallo del TC elimina parte importante de las herramientas contempladas en Escuelas Protegidas, proyecto que buscaba fortalecer la seguridad y la convivencia dentro de las comunidades educativas.
Este miércoles que la ministra de Educación, María Paz Arzola, señaló que "todavía no tenemos acceso a los fundamentos para entender a la vista las objeciones específicas", y que con eso "uno puede diseñar una estrategia más secundaria a esta ley, así como también a otras normativas que ya existen".
"Nosotros vamos a buscar la forma de avanzar con todas esas medidas que permitan dar señales claras en contra de la violencia en el espacio escolar, porque la inseguridad, la violencia, la comisión de delitos, no pueden tener lugar en el espacio educativo", complementó.