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Admisión a la Educación Superior: ¿Qué es el derecho a retracto y hasta cuándo puedes hacerlo efectivo?

Quienes se matricularon para iniciar un programa de pregrado y luego inscriban en otra institución podrán solicitar su retracto y la devolución de lo pagado en la primera entidad.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Entre el 19 y el 28 de enero los participantes del proceso de admisión a la educación superior pueden ejercer un derecho que no es muy conocido, pero puede ser un alivio para muchos.

Se trata del derecho a retracto, que permite a los estudiantes que se matricularon en una institución retractarse y pedir la devolución de lo que pagaron.

Es una opción dirigida a los alumnos que ingresan al primer año de una carrera o de un programa de pregrado y, para poder hacerlo efectivo, requiere que se presente la matrícula de una segunda institución.

La primera entidad, entonces, deberá devolver lo pagado en matrícula y la documentación de respaldo del pago dentro de los 10 días siguientes a la solicitud de retracto.

¿Qué se exige a quienes ejercen el derecho a retracto?

De acuerdo a lo informado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) el estudiante debe presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución en que se matriculó originalmente. Debe acompañar ese documento con una manifestación, idealmente una carta, de que quiere hacer efectivo el derecho a retracto.

El matriculado deberá solicitar a la institución firmar o timbrar una copia de la carta para que quede constancia de la fecha en que se hizo efectivo el derecho a retracto.

Si una institución se niega a permitirlo, se pueden presentar reclamos ante el Sernac a través de su página web o en el teléfono 800 700 100.

La ley establece que la universidad en que se haga el derecho a retracto podrá retener, por costos de administración, hasta el 1% del arancel anual de la carrera. La institución no podrá cobrar por servicios de los que el alumno desista.

La normativa plantea que mientras esté vigente el plazo de retracto las universidad no podrán negociar con los documentos recibidos como parte de matrícula y que estos deben ser retenidos para poder responder ante la eventualidad de que un alumno desee ejercer su derecho a retracto.