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Convención aprueba la creación de una Agencia Nacional del Agua: Revisa de qué trata y cuáles serían sus atribuciones

No obstante, el artículo que define cómo estará dirigida volverá a comisión tras quedar a escasos votos de conseguir el quórum.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

 

Unos de los artículos votados en particular más relevantes de la jornada de este martes en el Pleno de la Convención Constitucional fueron los que se referían a la creación de la Agencia Nacional del Agua y la definición de cómo estaría dirigida.

Finalmente, los convencionales aprobaron todos los incisos del artículo 35 que definía su creación y atribuciones, a excepción del segundo, el que deberá ser reformulado en comisión, quedando al borde de alcanzar el quórum con 101 votos.

 

El artículo 36, en tanto, que estipula y define su dirección, volverá íntegramente a comisión, también quedando a escasos votos de ser aprobado, a pesar de que sus incisos se votaron de forma separada.

¿En qué consiste la Agencia Nacional del Agua?

El informe de reemplazo de la comisión sobre Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional propuso que la Agencia Nacional del Agua se tratara de "un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se organizará desconcentradamente, cuya finalidad es asegurar el uso sostenible del agua, para las generaciones presentes y futuras".

 

Entre las diferencias respecto a la versión anterior presentada por la comisión, destaca que se incluyó su carácter de "desconcentrada" y que deberá velar por el recurso tanto para las generaciones presentes como futuras.

Cabe señalar que el inciso segundo solo alcanzó 101 votos a favor, 20 en contra y 30 abstenciones no fue aprobado y deberá volver a comisión para ser reformulado. Dicho párrafo es el que asegura que la Agencia Nacional del Agua "será el órgano encargado de proponer e implementar la Política Hídrica Nacional, para lo cual deberá elaborar y gestionar un sistema público unificado de información hídrica con enfoque integrado de cuencas, que permita garantizar las prioridades de uso establecidas en esta Constitución. Además, estará a cargo de otorgar, revisar, modificar, caducar y revocar autorizaciones de uso de agua".

¿Cómo se dirigiría la Agencia Nacional del Agua?

Según lo estipulado en el artículo 36 votado este martes "la Agencia Nacional del Agua tendrá una o un Director Nacional, quien será designado por el Congreso", con una duración de seis años, sin posibilidad de continuar en el cargo una vez cumplido este.

 

Además, se determina que quienes quieran ocupar este cargo no podrán haber desempeñado otros de elección popular ni haber sido candidatos, como tampoco haber estado en puestos "que sean de exclusiva confianza del Presidente de la República, en los últimos dieciocho meses".

Pese a que sus incisos fueron votados por separado -el primero en una votación y luego el segundo junto al tercero- y que ambas votaciones superaron los 100 votos, no alcanzaron el quórum, por lo que el artículo completo deberá volver a comisión para ser reformulado.

Las posturas de los convencionales

La convencional Manuela Royo fue una de las que se refirió a este tema, valorando la iniciativa y aseverando que "necesitamos una Agencia Nacional del Agua, que asegure el uso sostenible del agua para las generaciones presentes y futuras, que se oriente a la conservación y preservación de los ríos, que recopile la información necesaria para otorgar las autorizaciones administrativas del agua".

 

En la misma línea fue Andrés Cruz, señaló que "se reconoce la Agencia Nacional del Agua para concentrar en una institución aquellas prerrogativas que son entregadas hoy en día a más de 50, demanda que está coordinada con el trabajo que está siendo realizado con la comisión número 5".

Por su parte, Luis Mayol, afirmó que "llamo a apoyar la Agencia Nacional del Agua. Es una buena iniciativa que viene a refundir una fragmentada institucionalidad en la materia. Solo tengo reparos en su dirección. Al respecto los expertos llaman a que sea colegiada y no unipersonal, por la gran cantidad de temas y poder y materias que regula".

"Considero positivo el avanzar en la creación de una institucionalidad formal que se encargue de este tema, pero siempre y cuando se le otorguen las atribuciones legales y normativas que se requiere, siempre lejos de una mirada sectaria e ideológica en torno a su naturaleza y uso", agregó.