El Comité de Ética de la Convención Constitucional sancionó al convencional de Vamos por Chile, Arturo Zúñiga, tras unos dichos dirigidos al constituyente del Partido Comunista Marcos Barraza en una sesión plenaria del 12 de agosto del año pasado. La denuncia fue realizada por la convencional Bárbara Sepúlveda, del mismo partido que Barraza.
En dicha instancia, Zúñiga manifestó que “lo que Ud. hace Sr. Barraza, es un acto de mala fe. Es una pequeñez política, una mezquindad, un acto de poca cosa. Pero no me extraña porque Ud. es comunista. Lo único que Ud. quiere es empobrecer a la ciudadanía. Acá lo que está haciendo es llenándose los bolsillos de plata con las asignaciones. Le pido que se retracte”.
En el documento de la sentencia, Barraza entrega como testimonio que los dichos de Zúñiga "debilitan la honra de los convencionales al referirse temas de dinero imputando hechos muy graves. Se atribuye estas características negativas a mi condición de comunista. Todo lo anterior constituye una infracción a la ley de discriminación”.
A esto, Barraza agregó que “se vieron afectadas mi honra, mis convicciones e ideario político, daña la legitimidad de mi conciencia ante la ciudadanía, es improcedente desde el punto de vista del buen trato hacia un par”.
Entre los fundamentos del Comité para acoger la denuncia, se argumenta que "si bien no puede advertirse intencionalidad maliciosa en los dichos del convencional Zuñiga, sí constituyen expresiones injuriosas", lo que "afecta el derecho a la honra del convencional Barraza".
Agregan que "las expresiones de Zuñiga pueden calificarse como una discriminación política en cuanto adjudica, arbitrariamente, conductas que lindan con la corrupción a partir de una militancia política específica".
"A juicio de este órgano, los dichos del convencional Zuñiga afectan el sentido de justicia y respeto necesario para deliberación equitativa y horizontal que requiere el proceso convencional", explican.
De acuerdo a la resolución del comité, Zúñiga habría sido citado dos veces a declarar, sin cooperar en el proceso de investigación, lo "que de acuerdo al Reglamento de Ética de la Cámara es un agravante. Este agravante conduce a incrementar la sanción pecuniaria que se pronunciará, desde un 1% a un 2% de su dieta convencional".
Es por esto que, tras unanimidad de los miembros del comité se decidió "aplicar la sanción establecida en la letra a) del artículo 347 del Reglamento de Ética de la Cámara de Diputados, es decir, se llama al orden al convencional Arturo Zúñiga Jory, y se aplica una multa única, consistente en un 2% de su dieta convencional".
Cabe señalar que la Convención Constitucional actualmente utiliza el Reglamento de Ética vigente para la Cámara de Diputados.
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