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Convención aprueba que el derecho a la vivienda digna esté en la propuesta de nueva Constitución

"Toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria", indica el texto que logró el quorum de 2/3 de los convencionales.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Este martes el pleno de la Convención se abocó a la deliberación y votación de los derechos sociales, contexto en el que aprobó un artículo que consagra el derecho a la vivienda digna.

El texto, que pasó al borrador de nueva Constitución con 133 votos a favor, 11 en contra y 6 abstenciones, establece que "toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria".

Este tema fue objeto de varias intervenciones en el pleno, en la mayoría de estas se defendió la necesidad de consagrar el acceso a una vivienda en el proyecto constitucional, en conjunto con otros derechos sociales.

Benito Baranda (Independientes No Neutrales) sostuvo visiblemente emocionado que esta norma "permitirá progresivamente saldar una deuda histórica. Por años el Estado ha determinado construir guetos, donde lleva a vivir personas que experimentan la cara más dura de la marginación y pobreza".

 

En la misma línea, la independiente Adriana Ampuero manifestó que "Chile es de los pocos países de Latinoamérica que no contempla esta garantía en su carta fundamental (...) para acceder a la vivienda en Chile hay que endeudarse terriblemente, y las políticas públicas para derribar estas barreras de acceso no han estado a la altura".

Ampuero agregó que "este derecho básico debe ser consagrado con rango constitucional y darle finalmente la relevancia que merece, pues el Estado debe tener el mínimo deber de adoptar las medidas necesarias para asegurar el goce oportuno y universal de este derecho".

 

No obstante, la propuesta fue criticada desde Vamos por Chile. Sobre el articulado, Constanza Hube declaró que es "bastante parecida a la Constitución latinoamericana. Cuando leo estas normas dan ganas de irse a vivir a estos países. Si fuera así de fácil, ya se habría cambiado la Constitución hace tiempo y mágicamente se habría acabado el problema habitacional de nuestro país. Pero la vida no funciona así (...) el punto es cómo se cumple esa promesa".

Como parte del artículo se aprobó otro párrafos de la propuesta. Este determina que "el Estado deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho, contemplando, a lo menos la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley".

REVISA EL TEXTO COMPLETO APROBADO A CONTINUACIÓN:

Artículo 4.- Derecho a la vivienda.

1.- Toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria.

2.- El Estado deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho, contemplando, a lo menos la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley.