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Convención despacha Reglamento de Participación y Consulta Indígena

Los convencionales aprobaron solo una modificación al documento.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Este lunes la Convención Constitucional despachó el Reglamento de Participación y Consulta Indígena, con lo cual solo falta el Reglamento de Participación Popular para terminar esta etapa del órgano constituyente.

Sigue en vivo: Sesión N°27 de la Convención Constitucional

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El viernes pasado el Pleno se disponía a comenzar la votación del reglamento, pero la sesión finalmente solo se dedicó a la enmienda 1, la que reemplazaba el reglamento completo. La indicación se aprobó con 103 votos a favor, 20 en contra y 22 abstenciones. Luego de ello, la Mesa Ampliada –compuesta por la presidenta Elisa Loncon, el vicepresidente Jaime Bassa, y los otros seis vicepresidentes adjuntos– acordó que este 04 de octubre se someterían a votación aquellas indicaciones que no se contradigan con el reglamento recientemente aprobado.

De las 126 indicaciones presentadas al texto original, solo 87 eran compatibles con el reglamento propuesto en la enmienda 1 aprobada por el Pleno. En el transcurso de la sesión plenaria, además se retiraron varias indicaciones. Finalmente se despachó el Reglamento de Participación y Consulta Indígena con solo una modificación.

En su texto original, el artículo 18 sobre Mecanismo Generales de Participación indígena indica que "los pueblos y naciones preexistentes al Estado de Chile tienen derecho a participar en todas las instancias de participación previstas en el Reglamento General de la Convención. En ejercicio de este derecho deberán al menos ser consultados y podrán presentar propuestas de principios o lineamientos generales, iniciativas populares de normas constitucionales e indicaciones a los informes de las comisiones".

La indicación 95, presentada por el convencional Benito Baranda y otros, pedía sustituir el artículo 18 por el siguiente:

‘‘Artículo 18. Mecanismos Generales. Los pueblos y naciones preexistentes al Estado de Chile tienen derecho a participar en todas y cada una de las etapas del proceso constitucional, a través de las vías establecidas por los Reglamentos que rigen la actividad de la Convención Constitucional”.

La enmienda fue aprobada por 91 votos a favor, 55 en contra y 4 abstenciones.

Revisa el documento con los artículos y enmiendas votadas