Click acá para ir directamente al contenido

Convención rechaza artículo sobre derecho a la autonomía y a la libre determinación: es devuelto a comisión para modificaciones

Si bien el articulado original no generó consenso entre los convencionales, se aprobó una indicación sobre esta materia que establece que "se prohíbe la esclavitud, el trabajo forzado, la servidumbre y la trata de personas en cualquiera de sus formas".

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

La noche de este martes el Pleno de la Convención rechazó en particular el artículo referente al derecho a la autonomía y a la libre determinación, por lo que fue devuelto a la comisión de Derechos Fundamentales para ser modificado.

El primer inciso de la propuesta –que fue rechazado con 97 votos a favor, 44 en contra y 10 abstenciones– señalaba que "toda persona tiene derecho a la libertad, entendida como la libre determinación de su personalidad, de sus proyectos de vida, de su identidad y la autonomía sobre su cuerpo".

A continuación, el artículo sostenía que "el Estado deberá garantizar este derecho, sin discriminación, con enfoque de género, derechos humanos, inclusión y pertinencia cultural, eliminando todos los obstáculos que dificulten el ejercicio de este derecho y promoviendo acciones positivas para asegurar su pleno desarrollo".

Este último párrafo obtuvo 82 votos a favor, 58 en contra y 12 abstenciones.

Si bien el mencionado texto del artículo no logró generar consenso en el Pleno sí se aprobó una indicación del convencional Benito Baranda para agregar un inciso nuevo a la propuesta, por lo que pasará a ser parte del borrador de nueva Constitución.

Con 105 votos a favor, 26 en contra y 23 abstenciones, se aprobó que "se prohíbe la esclavitud, el trabajo forzado, la servidumbre y la trata de personas en cualquiera de sus formas. El Estado adoptará las medidas de prevención, sanción y erradicación de la esclavitud, el trabajo forzado, la servidumbre y la trata de personas, y de protección, plena restauración de derechos, remediación y reinserción social de las víctimas".

Cabe recordar que, al ser el artículo original rechazado en particular, pasa a ser devuelto a la comisión de Derechos Fundamentales para ser perfeccionado por los convencionales de la misma. De esta forma, volverá al Pleno para nuevamente buscar la aprobación del al menos 2/3 del total de convencionales.