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¿Cuáles serían sus atribuciones? Las nuevas figuras de Vicepresidente y Ministro de Gobierno que buscan ser parte de la nueva Constitución

Esta semana la comisión de Sistema Político aprobó normas referidas a la conformación del Poder Ejecutivo, entre otras, las que aún deben ser ratificadas por el Pleno de la Convención.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

La comisión de Sistema Político ha aprobado cambios sustanciales respecto de lo que conocemos en nuestro país. Desde la conformación de un Congreso Plurinacional –y de una "Cámara" o "Consejo" Territorial en reemplazo del Senado, lo que aún debe definirse– hasta la aparición de las figuras de Vicepresidente y Ministro de Gobierno.

Estas propuestas solamente han sido aprobadas en particular dentro de la comisión, por lo que todavía tienen que ser votadas en el Pleno, en donde deberán conseguir al menos 103 votos para formar parte del proyecto de nueva Constitución.

Ayer lunes, la comisión comenzó a revisar el capítulo referente al Poder Ejecutivo. Según lo aprobado, este no solamente estaría integrado por el Presidente de la República y sus ministros, como lo conocemos hoy en día, sino que también por una Vicepresidenta o Vicepresidente y una Ministra o Ministro de Gobierno.

Si bien estas figuras, especialmente la de la vicepresidencia, se escucha constantemente en la política de otros países, se alejan de lo que conocemos en nuestro país. ¿En qué consistirían sus cargos y cuáles serían sus atribuciones?

VICEPRESIDENCIA

La propuesta de la comisión de Sistema Político señala que, si bien es el Presidente de la República quien ejerce la jefatura de Estado y de Gobierno, este estará acompañado de la figura de una vicepresidencia. Ambos serán elegidos conjuntamente mediante sufragio universal, y su constitución deberá respetar el principio de paridad.

Entre sus atribuciones estará suplir las ausencias temporales del Presidente, así como también asumir la conducción del ejecutivo en caso de que el mandatario cese en el cargo.

A sus facultades se le suma la de presidir y participar en las sesiones del Consejo Territorial, sin derecho a voto. En este punto, cabe recordar que esta entidad, que también se ha denominado como "Cámara" Territorial en la comisión, sería la encargada de reemplazar al Senado

El Vicepresidente, además, deberá representar al Presidente en actividades nacionales e internacionales en los casos que este determine, y ejercer las funciones que este le delegue en el ámbito de su competencia.

MINISTRA O MINISTRO DE GOBIERNO

Además de la presidencia, vicepresidencia y los ministros de Estado, el Ejecutivo estará conformado por la Ministra o Ministro de Gobierno. Este puesto será nombrado por el Presidente, y será el encargado de conducir las gestiones legislativas del Gobierno, y de dirigir la ejecución de su programa de gobierno y legislativo.

Al estar su rol fuertemente ligado al ámbito legislativo, el Ministro de Gobierno tendrá derecho a participar en la deliberación del Congreso Plurinacional con derecho a voz.

De acuerdo con la propuesta, entre sus atribuciones está ejercer la coordinación política de los ministros de Estado, además de coordinar la relación política del Gobierno con el Congreso Plurinacional y con el Consejo Territorial.

También deberá presentar, con acuerdo del Presidente, un programa de gobierno y legislativo del Gobierno al Congreso Plurinacional, el que contenga las materias prioritarias que serán impulsadas durante el período que cubra el documento, entre otros aspectos.

Sus otras facultades son nombrar uno o más ministros o ministras coordinadores en áreas específicas del Gobierno para una mejor ejecución de los planes, políticas y programas; asistir al menos una vez al mes al Congreso Plurinacional a rendir cuentas del avance del Gobierno; y asumir las funciones que le sean delegadas por el Presidente de la República, en sus funciones relativas a la presentación de mensajes legislativos, entra otras.