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La primera en superar las 15 mil firmas: la iniciativa popular sobre el aborto que pasaría a ser discutida en la Convención

Este miércoles la iniciativa popular de norma superó la cantidad de firmas requeridas para ser deliberada y votada en el órgano constituyente. Sin embargo, aún se debe evaluar si los apoyos corresponden al menos a cuatro regiones distintas, como se exige por reglamento.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

 

La tarde de este miércoles la iniciativa popular de norma “Será ley”, que busca que se garantice el derecho al aborto en la nueva Constitución, se transformó en la primera propuesta ciudadana en alcanzar las firmas necesarias para llegar a ser discutida en la Convención Constitucional.

Cabe recordar que la iniciativa popular de norma es un mecanismo de participación popular mediante el cual una persona o agrupación puede presentar a la Convención una propuesta de texto para ser incorporado en la nueva Constitución. Y para que las iniciativas pasen a ser deliberadas en el órgano, deberán tener al menos 15 mil firmas –lo que fue cumplido por “Será ley”– y que provengan de cuatro regiones diferentes, lo que debe ser aún evaluado.

 

 

La propuesta, que fue realizada por la Asamblea Permanente por la Legalización del Aborto, ya superó dicho número de adhesiones, y tiene por objetivo “solucionar el problema de la falta de garantías para la interrupción voluntaria del embarazo en Chile”.

Según explican desde el conglomerado, la ley del aborto en tres causales “no brinda solución integral a la cuestión del Aborto, tanto en términos de magnitud como en cuanto a quién corresponde la decisión”, agregando que este “es un derecho humano y es parte de la gran gama de Derechos Sexuales y Reproductivos”.

Es por esto que buscan “la solución a la falta de cumplimiento de los estándares internacionales, plasmados en diversos Tratados firmados por el país, materializándose así la precariedad del Estado chileno al respecto".

Señalan que la iniciativa presentada, que ha sido "levantada por múltiples organizaciones de la sociedad civil; considera como base la incorporación explícita de la Autonomía, Libertad, Dignidad e Igualdad Sustantiva como principios fundamentales que describirán al Estado y las cláusulas expresadas en la Nueva Constitución".

REVISA LA INICIATIVA COMPLETA HACIENDO CLICK AQUÍ

PROPUESTA DE ARTICULADO

Desde la agrupación plantean que en la nueva carta magna se incluyan cuatro cláusulas diferentes: cláusula general de derechos sexuales y reproductivos; cláusula que deberá vincularse con el derecho a la educación; cláusula que deberá vincularse con el derecho a la salud; y cláusula que deberá vincularse con derecho al trabajo.

Puedes revisar la propuesta de articulado completa a continuación:

Cláusula general de derechos sexuales y reproductivos

El Estado reconoce y garantiza a todas las personas sus derechos sexuales y reproductivos, en condiciones de igualdad y sin discriminación, incluyendo el derecho al aborto sin interferencia de terceros, instituciones o agentes del Estado. En particular, se reconoce y promueve el derecho de las personas a tomar decisiones libres y autónomas sobre sus cuerpos, su sexualidad y su reproducción, de manera libre, sin violencia ni coerción, debiendo el Estado garantizar el acceso a la información y los medios materiales para ello.

El Estado reconoce el derecho de las personas a beneficiarse del progreso científico y el acceso a la información, para ejercer de manera libre, autónoma y no discriminatoria, sus derechos sexuales y reproductivos.

Cláusula que deberá vincularse con el derecho a la educación

El Estado reconoce el derecho de todas las personas, desde la primera infancia, a recibir una educación sexual integral, de acuerdo a la edad, y basada en la evidencia; entendiéndola como aquellos conocimientos basados en datos empíricos, aquellas habilidades, actitudes y valores que les permitirán disfrutar plenamente y con dignidad el relacionarse entre pares; entablar relaciones sociales y sexuales basadas en el respeto; prevenir situaciones de riesgo y abuso sexual, desarrollando con información sus proyectos de vidas, y el derecho a la información sexual y reproductiva. El Estado deberá garantizar el acceso de la educación sexual integral en igualdad de condiciones y sin discriminación, en todo el sistema educacional.

Cláusula que deberá vincularse con el derecho a la salud

El Estado reconocerá a todas las personas el derecho universal a la salud sexual y reproductiva, a la posibilidad de tener experiencias sexuales placenteras, sin coerción, discriminación ni violencia, a los servicios de atención de salud integrales; al derecho a la información y acceso a métodos anticonceptivos, libremente elegidos, eficaces, y de calidad; el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico; al acceso a la atención integral de la interrupción voluntaria del embarazo; a la prevención, el diagnóstico, atención y tratamiento de infecciones de transmisión sexual; asegurando que estos procesos sean realizados conforme a las cosmovisiones de las personas, sin discriminación y violencia.

Cláusula que deberá vincularse con derecho al trabajo

El Estado debe garantizar las condiciones para el respeto y reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las personas en el trabajo, eliminando todo riesgo laboral que pueda potencialmente afectar la salud sexual y reproductiva, así como la estabilidad y dignidad en el empleo, sin discriminación en razón de su género.

Norma Transitoria

En concordancia con lo anterior, se estipula lo siguiente:

- La interrupción del embarazo no será imputable penalmente, hasta que se realicen los cambios normativos correspondientes.

El que por causa de actos, acciones u omisiones sufra perturbación, privación o amenaza en el ejercicio legítimo de estos derechos, podrá recurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la Corte de Apelaciones respectiva del domicilio de la persona afectada, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue convenientes y necesarias para restablecer el derecho y asegurar la debida protección de la persona afectada.