Click acá para ir directamente al contenido

Cerca de 350 mil trabajadores fueron inscritos por sus empresas para acogerse a la Ley de Protección del Empleo

Alrededor de 23 mil empresas realizaron el trámite para que sus trabajadores reciban sus remuneraciones ante la imposibilidad de operar por la pandemia.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Este martes la ministra del Trabajo, María José Zaldivar, hizo el primer balance tras la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección del Empleo, que busca pagar a los trabajadores sus remuneraciones aún cuando se vean imposibilitados de trabajar ante la pandemia por el COVID-19 que afecta al país.

De esta manera los trabajadores recibirán desde su fondo de seguro de cesantía el pago de su remuneración y de necesitarlo haciendo uso de un fondo solidario entregado por el Estado.

"Tenemos aproximadamente 23 mil empleadores que se han acercado a hacer el trámite, estamos hablando de que aproximadamente estaríamos dándole cobertura a cerca de 350 mil trabajadores", reveló la ministra en Tele13.

Una duda de los trabajadores es desde cuándo se comenzará a pagar este beneficio, por lo que Zaldivar explicó que "como siempre se busca que los beneficios de seguridad social se paguen con la misma periodicidad que las remuneraciones, podríamos entender que un empleador que ha iniciado el trámite durante todo el mes de abril, el pago de ese beneficio debiera ser o bien el último día del mes de abril o los primeros días del mes de mayo".

Cabe señalar que el tramite lo debe hacer el empleador y no los trabajadores, por lo que no es necesario que las personas se acerquen a la AFC.

Las empresas que se acojan a esta ley no pueden obligar a sus empleados a trabajar

Además, la ministra destacó que el empleador si se acoge a esta ley no puede obligar a sus trabajadores a seguir con sus funciones y sólo puede ser de forma uniletaral cuando la empresa no pueda funcionar por orden de la autoridad, de lo contrario debe ser de mutuo acuerdo.

"Hay que distinguir si la paralización es por orden de la autoridad, es decir, si la empresa o el lugar de trabajo está impedido de trabajar por una orden de autoridad y hay una resolución que fue suscrita por el subsecretario de Hacienda y el subsecretario del Trabajo , que señalan cuáles son esos trabajos que están impedido de funcionar. Ahí es absolutamente unilateral, tampoco depende del empleador, depende de una decisión de autoridad".

Por el contrario "tenemos ciertos casos en los cuales no hubo una declaración de autoridad, por tanto, se pudiera entender que esos lugares pudieron seguir trabajando y ahí entonces cuando es necesario el acuerdo entre las partes", precisó.

Si cualquiera de estas condiciones no se cumple, la autoridad dijo que los afectados deben interponer la denuncia correspondiente en la Dirección del Trabajo.

Esta ley permite que los trabajadores reciban el 70% de su remuneración, el que irá disminuyendo gradualmente cada mes mientras continúe la declaración de catástrofe por parte del Gobierno.

Cabe señalar que pese a que las empresas no deberán pegar a sus empleados, sí deben pagar las cotizaciones previsionales y de salud, por un 50% de la remuneración.